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Actualidad El sector legal
05/10/2022 16:53:16 REDACCIÓN LABORAL 3 minutos

Nueva sesión de los Encuentros LA LEY. Foro de Relaciones Laborales ESADE, ICADE, Instituto Cuatrecasas

El próximo 7 de octubre en el «Foro de Relaciones Laborales» se analizarán los aspectos fundamentales y más innovadores de dos importantes sentencias del Alto Tribunal: Sentencia de 6 de julio de 2022 (Rec. 2103/2021): Qué ha de entenderse por “propia actividad” a los efectos del artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores y Sentencia de 17 de mayo de 2022 (Rec. 2894/2020), sobre el alcance del deber de informar a la RLT sobre los despidos del artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores y las consecuencias de su incumplimiento.

Nueva sesión de los Encuentros LA LEY. Foro de Relaciones Laborales ESADE, ICADE, Instituto Cuatrecasas

En este nuevo Encuentro que se celebrará el día 7 de octubre de 2022 se analizarán los aspectos fundamentales y más innovadores de dos importantes sentencias del Alto Tribunal relacionadas con la aplicación de dos artículos del Estatuto de los Trabajadores:

- Sentencia de 6 de julio de 2022 (Rec. 2103/2021): Qué ha de entenderse por “propia actividad” a los efectos del artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores ¿Son las actividades propias del ciclo productivo? ¿Son también las actividades auxiliares pero necesarias en la empresa? ¿Qué consecuencias tiene ese concepto de “propia actividad” en la aplicación del convenio colectivo en la empresa contratista respecto a la “actividad contratada”? ¿Lo establecido en el apartado 6 del 42 ET sobre el cc aplicable, se aplica solo a la contrata de la propia actividad indicada en el 42.1 ET o a cualquier contrata?

- Sentencia de 17 de mayo de 2022 (Rec. 2894/2020), sobre el alcance del deber de informar a la RLT sobre los despidos del artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores y las consecuencias de su incumplimiento: ¿Los despidos objetivos por causas ETOP en los que se incumple el deber de informar son nulos o improcedentes? ¿Se ha informar sólo respecto al preaviso del despido, hacer un resumen del despido y sus causas o acompañar una copia de la carta de despido? Si se ha fundamentado el despido objetivo en causas ETOP del art. 52 c) ET anexando a la carta documentación justificativa (balances, informes de consultoras...), ¿se ha de entregar también copia de esa documentación? ¿O esa documentación no es obligatoria anexarla dado que la finalidad de la entrega de la carta de despido es solo que la RLT tenga constancia del número de despidos objetivos para controlar los umbrales a efectos de su separación de los despidos colectivos del art. 51 ET? ¿Se ha de entender que es solo informar, y no negociar los despidos objetivos del 52 c) incluso aunque sean múltiples, siempre que no sobrepasen tales umbrales?

Recordamos que en cada sesión del «Foro de Relaciones Laborales» se dan cita, destacados representantes de diferentes ámbitos: judicial, profesional y académico, para ofrecer una visión completa de los temas de máxima actualidad que se debatirán, y sobre todo conocer de primera mano los aspectos más críticos de las sentencias cruciales del Tribunal Supremo, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Constitucional.

En esta sesión los ponentes son: 

- SALVADOR DEL REY (Moderador). Director del Foro de Relaciones Laborales, Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de ESADE Law School. (URL). Presidente del Instituto Cuatrecasas de Estrategia Legal en RRHH.

- ÁNGEL BLASCO. Magistrado del Tribunal Supremo y Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

- ALMUDENA BATISTA. Socia de CUATRECASAS

- ÓSCAR MANGADO. Gerente del Departamento Jurídico Laboral en ACCIONA

- GUILLERMO TENA. Director del Instituto CUATRECASAS

Destacamos la enorme utilidad para las empresas por el equilibrio entre el marco jurídico y la gestión empresarial, con un formato novedoso y ágil que permite la interactuación de profesionales de diversos sectores, permitiendo resolver dudas y con la posibilidad de opinar sobre los temas planteados gracias al enfoque participativo de las sesiones.

El formato digital y muy flexible permite optar por asistir a la totalidad de las 16 sesiones, a las 8 sesiones que cada asistente elija, o a sesiones sueltas.

Se irán programando las siguientes Encuentros en función de las sentencias más actuales e interesantes del panorama jurídico y sus implicaciones en el ámbito profesional, siempre liderados por un magistrado del Tribunal Supremo.

ENCUENTROS LA LEY «FORO DE RELACIONES LABORALES»

Sesiones quincenales dirigidas por Salvador del Rey donde se expondrán y debatirán los aspectos críticos de las sentencias más actuales. Cada sesión estará liderada por un magistrado del TS, TC o TJUE, junto con destacados ponentes y profesionales de diversos sectores.

Inscripciones y toda la información en este enlace.

 

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