El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ratificado el fallo de la Audiencia Provincial de Madrid que absolvió a una mujer acusada de tratar de estafar 460.242 euros a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) haciéndose pasar por un directivo del Athletic Club.
Según los hechos probados ante la Audiencia, que se aceptan y dan por reproducidos, la acusada abrió el 9 de mayo de 2021 una cuenta bancaria en la entidad N26 Bank Gmbh, que solo mantuvo hasta el 22 de junio del mismo año y con pocos movimientos bancarios. Al día siguiente, un desconocido creó una dirección de correo electrónico, indicando Nigeria como país de residencia. A través de este correo, se accedió a una unidad de almacenamiento asociada a la cuenta del Secretario General de la RFEF. La persona descargó un archivó y modificó una factura que la entidad tenía que mandar.
Sin embargo, la estafa no llegó a efectuarse porque el banco bloqueó la transferencia, y de esta forma, la Real Federación Española de Fútbol recuperó los 460.242 euros.
LA AP Madrid descartó que la procesada asumiera las funciones de lo que se conoce como "mula financiera, por mas sospechas que puedan tenerse".
Sin pruebas incriminatorias
Los magistrados expusieron que no había indicios que corroborasen que fuese la acusada la que creó las cuentas de correos electrónicos utilizadas, como tampoco que fuese la persona que accedió al almacenamiento de la nube.
Por tanto, la justicia madrileña ha descartado la participación de la mujer en la estafa al considerar que los hechos no superan el rango de meras sospechas de las que no se puede concluir la participación en este caso.
Bryan Bolivar, del despacho de abogados de R&A Abogados que defendio a la acusada, afirma que “se demostró claramente que mi clienta no tenía nada que ver, que era otra víctima de esta estafa, a la que le habían también hackearon la cuenta. Sin embargo, la RFEF insistió en acusarla y perdió las dos instancias. Nuestra clienta nada tuvo que ver y ha tenido que soportar la preocupación y los gastos de tramitar dos instancias judiciales”.