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29/05/2015 11:41:14 Redacción NJ LOFCA 5 minutos

El Congreso aprueba definitivamente la Ley Orgánica de modificación de la LOFCA y de la LO de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera

Entre otras cosas la reforma prevé un nuevo mecanismo de sostenibilidad del gasto sanitario que impone limitaciones al gasto farmacéutico de las comunidades autónomas. Será de adhesión voluntaria para los gobiernos regionales, pero las autonomías que superen los límites impuestos no podrán prestar servicios distintos de los de la cartera común del Sistema Nacional de Salud.

El Pleno del Congreso ha aprobado este jueves definitivamente la Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las Comunidades Autónomas y de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Esta reforma ha sido aprobado con los únicos votos a favor de PP y UPN y el rechazo de todos los grupos de la oposición, que entienden que recorta las competencias de las comunidades autónomas.

Sostenibilidad del gasto sanitario

La iniciativa incluye un nuevo mecanismo de sostenibilidad del gasto sanitario, que impone limitaciones: el Gobierno penalizará a las comunidades cuyo gasto farmacéutico crezca por encima del PIB nacional.

Será de adhesión voluntaria para los gobiernos regionales, pero las autonomías que superen los límites impuestos no podrán prestar servicios distintos de los de la cartera común del Sistema Nacional de Salud, lo que se llama cartera de servicios complementarios, entre otras restricciones.

En el Senado, el PP introdujo en la ley cuatro enmiendas al texto inicialmente aprobado por el Congreso, entre las que se encuentra una para dotar un fondo para que los ayuntamientos puedan hacer frente a la ejecución de sentencias judiciales firmes, del que podrían beneficiarse en principio 176 entidades locales y con un importe de cerca de 300 millones de euros.

Normas afectadas

La reforma aprobada ayer afecta a las siguientes normas:

1. Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Arts. 2, apartado uno, letra b); nuevo artículo 13 bis. Principio de prudencia financiera; 14. Endeudamiento de las Comunidades Autónomas; 21 apartado 1; Se modifica la numeración del apartado 3 sic que pasa a denominarse apartado 4, y se incorpora un nuevo apartado 5 en la disposición adicional octava; se da nueva redacción a la disposición adicional segunda.

2. Modificación de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Se introduce un nuevo apartado 3 en el artículo 4; se da nueva redacción a los apartados 1 y 4 del artículo 18; se modifica el apartado 1 del artículo 20; se da nueva redacción a la disposición adicional primera. Mecanismos adicionales de financiación para las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales.

3. Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

El Título VII queda redactado con el siguiente tenor: «TÍTULO VII Transparencia y sostenibilidad del gasto sanitario». Incluye los artículos 106. Seguimiento de la sostenibilidad del gasto farmacéutico y sanitario de las Comunidades Autónomas; 107. Delimitación del gasto farmacéutico; 108. Delimitación del gasto farmacéutico hospitalario; 109. Delimitación del gasto en productos farmacéuticos y sanitarios por recetas médicas u orden de dispensación; 110. Delimitación del gasto en productos sanitarios sin receta médica u orden de dispensación; 111. Medidas para mejorar la eficiencia y sostenibilidad del sistema sanitario; 112. Incumplimiento de la obligación de remisión de información; 113. Creación del instrumento de apoyo a la sostenibilidad del gasto farmacéutico y sanitario;  114. Límites de gasto sanitario; 115. Consecuencias de la superación del límite de gasto farmacéutico o del gasto en productos sanitarios y 116. Transparencia y sostenibilidad del gasto sanitario estatal; se añade una nueva disposición transitoria sexta. Remisión de información y publicación del gasto farmacéutico y del gasto en productos sanitarios no farmacéuticos de las Comunidades Autónomas; se añade una nueva disposición final decimosexta. Habilitación normativa. 

4. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Se modifica el apartado quinto de la disposición adicional vigésima.

5. Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.

Se modifica su artículo 49.

6. Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.

Se modifica el apartado tercero de su artículo 8 quinquies.

7. Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Se modifica su disposición adicional novena. Sociedades mercantiles y otros entes controlados por el sector público.

8. Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.

Se modifican sus artículos 4. Uso de la factura electrónica en el sector público;  6. Punto general de entrada de facturas electrónicas;  9. Procedimiento para la tramitación de facturas; se incluye un nuevo apartado 3 en el artículo 12. Facultades y obligaciones de los órganos de control interno y se modifica la disposición adicional sexta. Publicidad de los Puntos generales de entrada de facturas electrónicas y de los registros contables. 

Otras materias afectadas

Se reordena la actividad de Loterías y Apuestas del Estado.

Se establecen determinados beneficios a fusiones de municipios.

Se modifica la denominación del «Centro Nacional de Investigación Geográfica» por «Centro Nacional de Información Geográfica».

Críticas de la oposición

El rechazo de la oposición provocó la presentación en la Cámara Alta de siete vetos al proyecto: del PSOE, CiU, PSC, ICV, ERC, CC e IU, todos ellos rechazados por el PP. Estas formaciones han reiterado este jueves en el Pleno del Congreso sus críticas a la iniciativa y han reprochado al Gobierno que no haya optado por una reforma global del modelo de financiación no establece la legislación.

Los representantes de la oposición han coincidido en criticar que el PP no haya aceptado ninguna de sus enmiendas durante todo el trámite parlamentario de este proyecto de ley. "Han mostrado su talante autoritario e intransigente", ha reprochado el diputado del PNV Pedro Azpiazu a los 'populares'.

La diputada del PP María Eugenia Romero ha respondido a estas críticas recordando la situación de deuda y falta de liquidez en que se encontraban las administraciones territoriales al inicio de esta legislatura.

"¿En esta tesitura nos pedían que cambiáramos la financiación?", ha preguntado explicando que el Gobierno prefirió optar por dotarles de liquidez para que pudieran hacer frente a sus impagos y poder seguir prestando los servicios públicos básicos. (EUROPA PRESS)

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