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07/02/2007 06:40:00 Redacción NJ AUDIENCIA NACIONAL 1 minuto

La Audiencia Nacional anula una multa del TDC a Telefónica de 57 millones de euros

La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia anulando una multa de 57 millones de euros impuesta a Telefónica por parte del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) en abril de 2004. La sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia estima el recurso interpuesto por la operadora contra la resolución del TDC, que tiene su origen en una denuncia de la Asociación de Empresas Operadoras y de Servicios de Telecomunicaciones (Astel).

La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia anulando una multa de 57 millones de euros impuesta a Telefónica por parte del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) en abril de 2004. La sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia estima el recurso interpuesto por la operadora contra la resolución del TDC, que tiene su origen en una denuncia de la Asociación de Empresas Operadoras y de Servicios de Telecomunicaciones (Astel).Esta patronal denunció a Telefónica por supuestas prácticas restrictivas de la competencia al emprender una campaña con la que, según los denunciantes, pretendía recuperar clientes preasignados, esto es, que habían elegido a otro operador para realizar sus llamadas.

Se trata de la segunda sentencia que anulan a Telefónica en las últimas fechas, ya que la pasada semana se conoció un dictamen del TDC en el que ordenaba al Ministerio de Economía y Hacienda devolver a Telefónica el importe de una multa de 8,41 millones de euros que la operadora abonó en diciembre de 2000.

En sus fundamentos de derecho, la Audiencia concluye que los anuncios de televisión y publicidad de Telefónica objetos de la denuncia "no son susceptibles de ser sancionados" según lo establecido en la Ley de Defensa de la Competencia (LDC), dado que, según indica, "sólo si los actos desleales distorsionan gravemente las condiciones de competencia en el mercado con perjuicio del interés público pueden recibir incriminación".

Además, considera que "tampoco existe base suficiente para considerar probado que la campaña publicitaria de Telefónica enjuiciada haya ocasionado distorsión grave de las condiciones de competencia en el mercado", añade la sentencia.

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