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17/02/2016 09:30:54 Redacción NJ Plan Prepara 2 minutos

Prorrogadas las ayudas económicas de acompañamiento para las personas que agoten su protección por desempleo (Plan Prepara)

Serán beneficiarios de esta prestación aquellas personas que estén desempleadas por haberse extinguido su contrato, estén inscritos como demandantes de empleo y cuya prestación por desempleo contributivo se agote en el periodo indicado. Tendrán Recibir una ayuda económica de acompañamiento del 75% del IPREM, hasta un máximo de seis meses.

El pasado lunes 15 de febrero se publicó la Resolución de 9 de febrero de 2016, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se prorroga la vigencia de la Resolución de 1 de agosto de 2013, modificada por la de 30 de julio de 2014, por la que se determina la forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación de las ayudas económicas de acompañamiento incluidas en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo prorrogado por el Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero.

Se trata de una nueva prórroga del comúnmente denominado “Plan PREPARA” o “ayuda de los 400 euros”, que incluye itinerario individualizado y personalizado de inserción y ayudas económicas de acompañamiento frente a la crisis económica.

Su duración inicial fue de 6 meses, a contar desde el 16 de febrero de 2012, que se ha ido prorrogando semestralmente en diez ocasiones. Prórroga automática que se prevé mientras la tasa de desempleo sea superior al 20% según la última Encuesta de Población Activa publicada con anterioridad a la fecha de la prórroga, y se reúnan los demás requisitos exigidos.

Dado que la última prórroga vencía el 15 de febrero, en esta misma fecha se publica y entra en vigor un nuevo periodo de vigencia de seis meses más, desde el 16 de febrero de 2016 hasta el 15 de agosto de 2016, por medio de la Resolución de 9 de febrero de 2016 del SEPE.

Las personas a las que se aplica el plan PREPARA, tienen derecho a:

- Realizar un itinerario individualizado y personalizado de inserción.

- Participar en medidas de políticas activas de empleo destinadas a la recualificación y/o reinserción profesional.

- Recibir una ayuda económica de acompañamiento del 75% del IPREM, hasta un máximo de seis meses.

La ayuda se aplicará a aquellas personas que estén desempleadas por haberse extinguido su contrato, inscritos como demandantes de empleo y cuya prestación por desempleo contributivo se agote en el periodo indicado, sin que tengan derecho a subsidio por desempleo y que reúnan los siguientes requisitos:

- Llevar inscritas como demandantes de empleo al menos 12 de los últimos 18 meses.

- Tener responsabilidades familiares conforme establece el art. 275.3 de la LGSS (esto es, tener a cargo al cónyuge, hijos menores de 26 años o mayores incapacitados, o menores acogidos, si la renta de la unidad familiar global no supera el 75% del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extras).

- Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del SMI mensual, excluida la parte proporcional de dos pagas extras.

La cuantía de la ayuda económica es del 75 % del IPREM mensual. Y como dicho IPREM no ha cambiado desde hace años (532,51 euros mensuales), se mantiene en 400 euros mensuales que, en el caso de las personas con responsabilidades familiares, asciende a 450 euros mensuales.

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