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17/02/2009 07:48:00 Ministerio de Justicia REGISTROS PÚBLICOS 7 minutos

El Ministro de Justicia presenta el nuevo Registro Central de Medidas Cautelares, Requisitorias y Sentencias No Firmes

Su puesta en funcionamiento se considera contribuirá a prevenir la especial reincidencia que se produce en los tipos delictivos de agresión sexual, ya que proporcionará información, tanto a juzgados y tribunales como a policía judicial.

El Ministro de Justicia, en su primera comparecencia ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados el día 25 de junio de 2008, adquirió el compromiso de poner en marcha un nuevo Registro Central de Medidas Cautelares, Requisitorias y Sentencias no firmes, previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia, el día 16 de febrero de 2009 entra en funcionamiento la aplicación informática que da soporte al Registro Central de Medidas Cautelares, Requisitorias y Sentencias no firmes.

Este nuevo Registro se suma a otros cuatro preexistentes: de Penados, de Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica, de Rebeldes Civiles y de Sentencias de Responsabilidad Penal de los Menores, y es una más de las actuaciones que está desarrollando el Ministerio de Justicia dentro del proceso de modernización de la Administración de Justicia.

¿Cuál es el objetivo del nuevo Registro Central de Medidas Cautelares, Requisitorias y Sentencias No Firmes?

En este nuevo Registro se deberán inscribir las penas y medidas de seguridad impuestas en sentencias no firmes por delito, las medidas cautelares notificadas al imputado (siempre que no se inscriban en el Registro Central de Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica), los autos de declaración de rebeldía y las requisitorias adoptadas por los Juzgados o Tribunales del orden jurisdiccional penal.

Hay que recalcar que su puesta en funcionamiento contribuirá también a prevenir la especial reincidencia que se produce en los tipos delictivos de agresión sexual, ya que proporcionará una información, tanto a juzgados y tribunales como a policía judicial, que les permitirá una protección más eficaz de los menores.

Con este sistema el Ministerio de Justicia proporciona una nueva herramienta de trabajo, tanto a la Administración de Justicia, como a la Policía Judicial, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y otras Administraciones Públicas, que les servirá para mejorar el funcionamiento de la Justicia y para proteger más eficazmente a las víctimas, especialmente a las menores de edad.

Hay que señalar que la entrada en funcionamiento de este nuevo registro no ha sido un acto aislado. Hace apenas quince días entró en funcionamiento una nueva aplicación informática que ha modernizado radicalmente y con excelentes resultados otro de los cuatro registros preexistentes: el Registro de Penados.

Por ejemplo: En fechas no muy lejanas se tardaba más de un año en registrar una condena en el Registro de Penados. Hasta hace unas semanas se tardaban cuatro días. Con el sistema actual el plazo se reduce a cero: el asiento se realiza instantáneamente, por vía informática, desde el propio juzgado.

¿Qué es el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia?

Estos cinco registros constituyen en su conjunto un instrumento de extraordinaria utilidad para la Administración de Justicia, ya que permiten compartir información clave entre todos los órganos judiciales de España. Recogen datos que, entre otras cosas, permiten valorar elementos tan determinantes como el riesgo de fuga y la peligrosidad del sujeto, antes de que un órgano judicial adopte cualquier decisión.

Su regulación conjunta ha permitido terminar con la dispersión de su normativa reguladora, que estaba obsoleta y que en algún caso se remontaba al siglo XIX. De esta forma se han fijado unitariamente aspectos esenciales como su contenido y sistemas de cancelación y acceso, utilizando criterios uniformes, ajustados a la realidad social y a las normas generales sobre protección de datos.

Estos registros mantendrán su individualidad, ya que cada uno de ellos tiene una finalidad, destinatarios y regulación específicos. Pero el Ministerio de Justicia persigue adicionalmente dos objetivos modernizadores de gran importancia:

a) Ir unificando gradualmente en un único sistema informático la gestión y el acceso a la información de los cinco diferentes registros.

b) Que el acceso a la información de los registros se realice directamente desde las aplicaciones informáticas que se utilizan en los juzgados de las Comunidades Autónomas (Minerva, Adriano, Cicerone, Temis, Atlante…).

Ambos objetivos simplificarán notablemente el acceso a los registros por parte de los juzgados, eliminando duplicidades, trabajos innecesarios e incluso contradicciones entre las diferentes bases de datos que se gestionan independientemente, además de reducir el uso del papel y garantizar la confidencialidad de las comunicaciones.

El primer paso hacia la unificación se ha dado con la nueva aplicación que ahora se presenta, pues en ésta se integran tanto los accesos al nuevo Registro de Medidas Cautelares, como al preexistente de Protección de las Víctimas de Violencia Doméstica.

Por otra parte, el Real Decreto mencionado establece un plazo de 18 meses para que se habiliten las conexiones directas entre los sistemas informáticos de gestión procesal que utilizan los órganos judiciales y el sistema de registros.

¿Qué es lo que hace la nueva aplicación del Registro Central de Medidas Cautelares?

Permite que los órganos judiciales, Ministerio Fiscal, policía judicial y determinadas unidades del Cuerpo Nacional de Policía y Guardia Civil, accedan a las penas y medidas de seguridad, medidas cautelares y autos de rebeldía, requisitorias y sentencias no firmes, dictadas por cualquier Tribunal en cualquier procedimiento penal, desde el momento en que sean comunicadas al Registro.

También facilita el acceso de los responsables autorizados, a la información de delitos contra la libertad e indemnidad sexual con victimas menores, mejorándose así la protección de las victimas.

El nuevo sistema conlleva una serie de ventajas técnicas:

a) Interrelaciona los distintos Registros que se vayan incorporando al sistema unificado. (Por ejemplo: si se accede a través del Registro de Medidas Cautelares, Requisitorias y Sentencias No Firmes, pero el procedimiento que se consulta es de Violencia Doméstica, la aplicación lo detecta y nos da la posibilidad de cambiar de Registro de forma inmediata, si se está autorizado).

b) El acceso desde un único punto facilita la gestión y proporciona más seguridad.

c) Permite efectuar consultas globales, mostrando toda la información disponible en los distintos Registros que en ese momento estén integrados en el sistema común.

d) Incorpora un sistema de alertas y avisos.

¿En qué consisten las alertas y avisos?

Son una de las novedades fundamentales del sistema, y sirven para aprovechar mejor la información registrada:

a) Una alerta es un mensaje que el sistema informático presenta a un órgano judicial, informándole de que una persona incursa en algún procedimiento que gestiona el órgano, se ha visto afectada por cualquier otra circunstancia.

Por ejemplo: si dos juzgados han dictado por separado una requisitoria buscando a la misma persona, si uno de ellos la encuentra, en el momento en que anule su requisitoria en el Registro, el sistema avisará al otro juzgado.

b) Por su parte, los avisos suministran al órgano judicial la información que éste establezca previamente, mediante una serie de parámetros.

Por ejemplo: puede avisarle de que esté próximo el cumplimiento de alguna medida registrada, o de que vaya a superar un determinado plazo de antigüedad.

Es importante recalcar que el órgano judicial tiene la obligación de inscribir las medidas, y sus posibles cancelaciones, en el Registro, y que esta inscripción es imprescindible para que el sistema pueda alertar a otros. Igualmente, deberá ser el órgano el que indique al sistema de qué quiere que se le avise.

En resumidas cuentas, el sistema de avisos y alertas es una especie de “tablón de avisos virtual”, que funciona tanto entre juzgados, como internamente dentro de cada juzgado.

El funcionamiento de este sistema es muy sencillo: cuando un usuario entre a la aplicación, se le mostrará una pantalla con todas las alertas y avisos que le afecten, ordenadas por fecha e importancia.

¿Cuánto ha costado el nuevo Registro Central de Medidas Cautelares?

El coste de la aplicación informática ha sido de 400.000 euros. Por otra parte, para la integración de los distintos sistemas de información, el Ministerio invertirá a lo largo del 2009 otros 400.000 euros, a los que habrá que sumar 144.000 euros para equipos informáticos. Estas cuantías ya están contempladas en los presupuestos del Ministerio de Justicia.

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