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13/03/2017 10:29:57 MINISTERIO DE JUSTICIA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 3 minutos

La Comisión de Venecia avala la reforma de 2015 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional

Reconoce al Tribunal mayores potestades para hacer efectivas sus sentencias y decisiones.

La Comisión de Venecia del Consejo de Europa en su última reunión, celebrada en los días 10 y 11 marzo de 2017, ha emitido un informe favorable sobre las últimas modificaciones introducidas por las Cortes Generales (LO 15/2015 de 16 de octubre) en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que atribuyen al Tribunal mayores potestades para hacer efectivas sus sentencias y decisiones.

En su informe, la Comisión de Venecia del Consejo de Europa recalca en primer lugar la importancia que tiene que todos los individuos e instituciones cumplan de manera efectiva las sentencias y decisiones de los Tribunales Constitucionales. En palabras de la Comisión “cuando una autoridad pública se niega a ejecutar una sentencia del Tribunal Constitucional, viola la constitución, incluyendo los principios del imperio de la ley, separación de poderes y el de cooperación leal entre instituciones públicas estatales y las medidas que impulsen la ejecución son legítimas”.

A continuación hace un análisis del derecho comparado en esta materia, concluyendo que en Europa son varios los sistemas posibles. Uno de ellos es el de atribuir potestades de ejecución de sus sentencias al propio Tribunal, como sucede en España que ha seguido el modelo alemán.

La Comisión valora el carácter general de la ley española que permite a cualquier parte interesada instar la ejecución, las garantías procedimentales que establece previas a la adopción de medidas de ejecución de las resoluciones firmes del Tribunal Constitucional y la obligación de auxiliarlo en su puesta en práctica que incumbe a los poderes del Estado a todos los niveles. Todos los tipos de medidas previstas en la modificación legal, que incluyen entre otras la posibilidad de suspender transitoriamente en el ejercicio de sus funciones a cargos públicos, se consideran adecuadas desde el punto de vista constitucional comparado, haciendo algunas recomendaciones relativas a su aplicación práctica.

Este dictamen confirma la legalidad de la norma española aprobada en 2015. Esa reforma tenía como objetivo dotar al Tribunal Constitucional, institución básica para la defensa y garantía del Estado de Derecho, de las herramientas suficientes para asegurar el cumplimiento efectivo de sus sentencias y resoluciones. La Ley que ahora se ratifica también preveía que el Tribunal Constitucional pudiera solicitar el auxilio de cualquier administración o poder público, con el Gobierno de la nación a su cabeza, que tienen la obligación de atender estas peticiones de colaboración de forma preferente y urgente.

La modificación de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional de la X Legislatura conseguía así completar nuestro sistema permitiendo que el TC haga cumplir sus resoluciones tanto cuando afectan a ciudadanos como a instituciones, asegurando con ello la plena eficacia del Estado de Derecho.

La Comisión de Venecia, técnicamente denominada Comisión para la Democracia a través del Derecho, es un órgano consultivo del Consejo de Europa para asuntos constitucionales. En esta ocasión ha emitido su informe a solicitud de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa.

El TC avaló su constitucionalidad

En su sentencia de 3 de noviembre de 2016 el Pleno del Tribunal Constitucional avaló la constitucionalidad de la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) aprobada en octubre de 2015 mediante Ley Orgánica 15/2015, desestimando el recurso de inconstitucionalidad formulado por el Gobierno del País Vasco.

La sentencia, de la que fué ponente el Magistrado Pedro González-Trevijano, afirma que el Tribunal Constitucional ha sido configurado por la Constitución como un “verdadero órgano jurisdiccional” y, como tal, tiene potestad para ejecutar sus resoluciones.

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