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08/09/2017 10:39:36 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DESAFÍO INDEPENDENTISTA 2 minutos

El Constitucional suspende la Ley del referéndum de autodeterminación

El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado, por unanimidad, admitir a trámite los cuatro recursos presentados por el Gobierno sobre la convocatoria y preparativos del referéndum de autodeterminación el próximo 1 de octubre, los cuales suspende de forma cautelar.

El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado, por unanimidad, admitir a trámite los cuatro recursos presentados este jueves por el Gobierno en relación con las actuaciones del Gobierno de la Generalitat de Cataluña y del Parlamento de Cataluña referidas a la celebración de un referéndum de autodeterminación el próximo 1 de octubre. 

En concreto: 
1. El recurso de inconstitucionalidad contra la Ley del Parlamento de Cataluña 19/ 2017, del referéndum de autodeterminación
2. La impugnación de la Resolución 807/XI del Parlamento de Cataluña por el que se designan los miembros de la sindicatura electoral
3. La impugnación del decreto de la Generalitat de Cataluña por el que se aprueban las normas complementarias para la celebración del referéndum
4. La impugnación del decreto de la Generalitat de convocatoria del referéndum el próximo 1 de octubre

Como consecuencia de la invocación por parte del Gobierno del artículo 161.2 de la Constitución, el Pleno acuerda la suspensión de todas las disposiciones impugnadas. Este precepto constitucional establece que: “El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses”. 

Asimismo, el Tribunal ha iniciado la tramitación del incidente de ejecución de sentencia presentado también hoy por la Abogacía del Estado en relación con el acuerdo de la Mesa del Parlamento de Cataluña por el que se admite a trámite la proposición de Ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la República. 

Las providencias dictadas por el Pleno suspenden cautelarmente, por tanto: la Ley 19/2017, de 6 de septiembre, del referéndum de autodeterminación, la designación por el Parlamento de Cataluña de los miembros de la sindicatura electoral de Cataluña, el decreto de la Generalitat de Cataluña de normas complementarias para la celebración del referéndum de autodeterminación y el decreto de convocatoria del referéndum de autodeterminación de Cataluña, además de la suspensión cautelar.

Por otro lado, en el incidente de ejecución de sentencia referido a la tramitación por el Parlamento de Cataluña del proyecto de ley de Transitoriedad Jurídica, el Tribunal acuerda tener por personada en el procedimiento a la Presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, a los solos efectos de que en este incidente pueda defender sus derechos e intereses legítimos a título particular, sin perjuicio de la personación del Parlamento de Cataluña a través de sus servicios jurídicos. 
 

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