Noticias JurídicasOrigen https://noticias.juridicas.com

Actualidad Noticias
02/06/2009 05:34:00 Agencia Tributaria IMPUESTO SOBRE LA RENTA 2 minutos

Aumentan en un 48% el número de declarantes que solicitan la devolución de la renta

Las devoluciones se han agilizado respecto al mismo periodo del año pasado, superando ya los 6,1 millones de declaraciones del IRPF hasta ahora, de las cuales 2,9 millones lo han sido a través de Internet.

La vicepresidenta segunda y ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado, presentó la semana pasada los datos de devoluciones de la actual campaña de Renta durante una visita a la Agencia Tributaria en Madrid. A fecha de 26 de mayo de 2009, el importe de las devoluciones asciende ya a 3.326 millones de euros, un 60% más que en las mismas fechas del ejercicio anterior. El número de contribuyentes que han recibido la devolución es de 4.539.192, un 48% más que en el mismo periodo del año pasado. En esta campaña, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) mantiene el compromiso de realizar el 85% de las devoluciones antes de principios de agosto.

Los contribuyentes han confirmado, hasta el 26 de mayo, 4,4 millones de borradores del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), lo que representa un incremento del 28% sobre los confirmados en igual periodo del año pasado.

El total de declaraciones del IRPF presentadas en lo que va de Campaña de Renta asciende a 6,1 millones (incluyendo los borradores confirmados, puesto que al confirmarlos la declaración queda presentada). Este número supone un incremento del 22% en el número de declaraciones en la misma fecha de 2008. Un 47% de las declaraciones ha sido presentado a través de Internet (se incluyen los borradores confirmados por Internet).

La Campaña de Renta concluye el 30 de junio y se prevé recibir 19.075.000 declaraciones. La AEAT ofrece a los contribuyentes que reúnen las condiciones fijadas por la ley del IRPF la posibilidad de recibir un borrador de la declaración de Renta elaborado por la administración tributaria. Básicamente, pueden recibir el borrador los contribuyentes cuyas rentas procedan exclusivamente de rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan de dos inmuebles como máximo, así como subvenciones para la adquisición de la vivienda habitual. Tener derecho a deducción por adquisición de vivienda o donativos y desgravación por planes de pensiones no impide recibir el borrador. Para quienes no pueden recibir el borrador, la Agencia Tributaria les envía sus datos fiscales.

Una vez recibido el borrador, el contribuyente debe revisar los datos que aparecen en el mismo y, si está de acuerdo, basta que lo confirme para que su declaración del IRPF quede presentada. Si considera que falta algún dato o no está de acuerdo puede modificar el borrador y luego confirmarlo.

Te recomendamos