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20/02/2007 05:59:00 Ministerio de Economía y Hacienda ECONOMIA 4 minutos

Publicado el primer borrador del nuevo Plan General de Contabilidad

El proceso de reforma de nuestra normativa contable, para alcanzar un mayor nivel de convergencia con las normas internacionales de información financiera adoptadas por la Unión Europea y que se enmarca en la política de transparencia del Gobierno, se inició con la aprobación por el Consejo de Ministros, el 5 de mayo de 2006, del Proyecto de Ley de reforma mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea, en la actualidad, en tramitación parlamentaria.

El proceso de reforma de nuestra normativa contable, para alcanzar un mayor nivel de convergencia con las normas internacionales de información financiera adoptadas por la Unión Europea y que se enmarca en la política de transparencia del Gobierno, se inició con la aprobación por el Consejo de Ministros, el 5 de mayo de 2006, del Proyecto de Ley de reforma mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea, en la actualidad, en tramitación parlamentaria.

Este Proyecto de Ley tendrá como desarrollo reglamentario un nuevo Plan General de Contabilidad (PGC), cuyo primer borrador ha sido elaborado por el ICAC sobre la base de las conclusiones de los grupos de trabajo constituidos por Resoluciones del ICAC de 11 de julio de 2005 y de 22 de septiembre de 2005, y que han estado integrados por representantes de los diferentes colectivos relacionados con la información económico-financiera.

Este primer borrador se encuentra sometido obviamente a las decisiones que finalmente se adopten en la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley y que, asimismo, podrá ser modificado con las observaciones y comentarios que se formulen a lo largo de su posterior tramitación ordinaria.

No obstante, al objeto de satisfacer una necesidad ampliamente demandada, el ICAC lo pone en conocimiento de todos los interesados, en aras de contribuir a la mayor difusión de los contenidos previsibles de una norma de la importancia y trascendencia como es el PGC, dando tiempo suficiente para la preparación al cambio y siempre con la advertencia de que se trata de un primer texto, fruto de los citados trabajos y que, en consecuencia, podría verse modificado en los términos señalados.

La publicación de este primer borrador constituye un paso más hacia el objetivo que se ha marcado el Gobierno de seguir avanzando en el desarrollo de la normativa contable española en sintonía con el progreso contable a nivel internacional, fundamentalmente en aquellos aspectos que los reglamentos comunitarios regulen con carácter obligatorio. Todo ello, con la finalidad de garantizar la comparabilidad de la información contable suministrada por las empresas españolas y las europeas, así como el mantenimiento de nuestra norma contable en el ordenamiento jurídico, en cuya virtud, otros ámbitos del Derecho han venido tomando el modelo contable como referente para regular determinados derechos y obligaciones.

En consecuencia, un marco estable de referencia en sintonía con el Derecho comunitario derivado, que en ningún caso implicará abandonar la actual estructura del PGC (un modelo de amplia aceptación y aplicación, en armonía con las Directivas contables, así como con otros emisores de pronunciamientos contables, nacionales e internacionales), en el que continuará incluyéndose el núcleo básico de la regulación contable, que no obstante será objeto de desarrollo en las correspondientes Resoluciones del ICAC.

Contenido y ámbito de aplicación

En relación con su contenido y ámbito de aplicación deben realizarse una serie de precisiones. La estructura del nuevo PGC es la misma de planes anteriores: desarrollo reglamentario de las normas de valoración; definiciones previstas y un sistema de relaciones contables.

Sin embargo, a diferencia del Plan de 1990, el futuro PGC regulará de forma detallada las denominadas por la norma internacional “Combinaciones de negocios” (operaciones de reestructuración empresarial), así como el tratamiento contable de los llamados en 1990 nuevos instrumentos financieros, que en la actualidad han alcanzado un gran desarrollo y aplicación. Siguiendo el objetivo de armonización marcado por las instituciones comunitarias, en su redacción se ha tomado como referente con carácter general las normas internacionales de contabilidad adoptadas por la Comisión Europea en vigor. En consecuencia, la posterior evolución de estas normas podría conducir a una posterior revisión de determinados contenidos.

Asimismo, este primer borrador contiene el tratamiento de las operaciones que suelen realizar la generalidad de las empresas, no recogiendo finalmente un tratamiento específico para los activos y productos biológicos, propios de un sector de actividad concreto, y cuya previsión es que queden regulados posteriormente en un desarrollo sectorial del PGC.

El futuro PGC será obligatorio para todas las empresas. No obstante, con la finalidad de facilitar su aplicación en las entidades de menor dimensión económica, y en función de la tramitación parlamentaria, el ICAC está trabajando en la revisión del vigente régimen simplificado de la contabilidad, con el objetivo de hacer compatible las necesidades reales de estas empresas con el progreso de la técnica contable.

El texto puede consultarse en las páginas web del Ministerio de Economía y Hacienda (www.meh.es) y del ICAC (www.icac.meh.es).

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