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23/03/2018 12:46:06 TS Desafío independentista 5 minutos

El juez Llarena ha procesado a Puigdemont y otros 12 líderes independentistas por un delito de rebelión

El magistrado del Supremo Pablo Llarena ha publicado hoy su auto por el que procesa a trece ex miembros del "Govern" por delitos de rebelión, entre ellos Puigdemont, Junqueras, Carme Forcadell, siete ex consellers del Gobierno catalán y los presidentes de las asociaciones ANC y Omnium Cultural. También procesa a otros doce líderes políticos independentistas por deltos de desobediencia y malversación de caudales públicos e impone una fianza de responsabilidad civil de 2,1 millones de euros.

El juez Pablo Llarena ha procesado hoy por un delito de rebelión a trece investigados en la causa que investiga el proceso de secesión de Catalunya: el expresidente de la Generalitat de Catalunya, Carles Puigdemont, su exvicepresidente Oriol Junqueras, siete exconsellers del Gobierno catalán (Joaquim Forn, Jordi Turull, Raül Romeva, Clara Ponsatí, Josep Rull, Antonio Comín y Dolors Bassa), la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell, el expresidente de ANC Jordi Sànchez, el de Ómnium Cultural Jordi Cuixart y a la secretaria general de ERC, Marta Rovira.

En el auto de procesamiento, el juez procesa a los otros cinco ex miembros del Gobierno catalán cuando sucedieron los hechos, Meritxell Borràs, Lluis Puig, Carles Mundó, Santi Vila y Meritxell Serret, por delitos de malversación de caudales públicos, y de desobediencia. A Puigdemont, Junqueras y los siete consellers también les procesa por malversación, sin perjuicio de que su calificación pueda incardinarse en el delito específico de malversación (artículo 432 del Código Penal) o quedar absorbida en el delito agravado de rebelión con distracción de caudales públicos contemplado en el artículo 473.2 CP.

Asimismo, el juez procesa por el delito de desobediencia a cinco ex miembros de la Mesa del Parlamento de Catalunya (Lluis María Corominas, Lluis Guinó, Anna Isabel Simó, Ramona Barrufet, y Joan Josep Nuet), así como a Mireia Boya, expresidenta del grupo parlamentario de la CUP, y a Anna Gabriel, ex portavoz del mismo grupo.

El juez fija una fianza de responsabilidad civil por importe de 2,1 millones de euros que deberá ser prestada solidariamente por los catorce ex miembros del Gobierno catalán procesados. La cuantía parte de los 1,6 millones de euros empleados para sufragar el referéndum del 1-0 de acuerdo a las investigaciones practicadas, más el tercio de esa cuantía que debe añadirse de acuerdo a la ley para este tipo de fianzas para asegurar responsabilidades pecuniarias.

Repaso del proceso secesionista

En su auto, el juez relata los hechos acontecidos en Cataluña en los últimos 6 años en relación con el proceso secesionista, en lo que considera un concierto entre partidos políticos y entidades soberanistas para llevar a cabo la ejecución de un plan predeterminado con el objetivo de declarar la independencia de Cataluña, al margen de la legalidad vigente.

Llarena destaca la importancia del llamado “Libro Blanco de la Transición Nacional de Cataluña”, presentado públicamente por el entonces presidente de la Generalitat Artur Mas en septiembre de 2014, que proclamó la legitimidad del proceso de autodeterminación de Cataluña y que ha venido marcando desde entonces la hoja de ruta para el proceso de transición de Cataluña hacia un país independiente.

El magistrado considera que ese libro manifestaba que la independencia no era la consecuencia de una falta de negociación con el Estado, sino el objetivo que pretendía alcanzarse, “primeramente mediante un acuerdo pactado y, en caso contrario, de manera unilateral y forzando al Gobierno a asumir una situación de hecho que buscaba crearse”.

Un plan concertado desde distintos ámbitos

El juez recoge una lista de sentencias del Tribunal Constitucional que anulaban resoluciones del Parlamento de Cataluña dirigidas a la secesión, y cómo el Parlamento “desobedeció al Tribunal Constitucional de manera tozuda e incansable durante dos legislaturas y cinco años”.

Esta actuación del Parlamento culminó en septiembre de 2017 con las leyes de convocatoria del referéndum de autodeterminación del 1-O y de transitoriedad jurídica y fundacional de la República, ambas declaradas nulas e inconstitucionales por el TC en octubre y noviembre del mismo año.

En relación con la actuación del gobierno de la Generalitat en este contexto, el juez destaca que los ex consellers procesados “pese a las reiteradas declaraciones de inconstitucionalidad y de nulidad de las distintas iniciativas parlamentarias anteriormente referidas y pese a la suspensión y nulidad de los Decretos para la celebración del Referéndum, los órganos ejecutivos de la Generalidad de Cataluña continuaron con la permanente y obsesiva actividad para crear las denominadas estructuras de estado así como para divulgar su proyecto e impulsar el mayor apoyo que pudiera obtenerse de la comunidad internacional y de la ciudadanía, tal y como ya habían hecho a lo largo de toda la legislatura”.

Una estrategia que puede estar latente

El magistrado del Supremo entiende que a pesar de la aplicación del artículo 155 de la Constitución, la estrategia independentista puede estar latente “una vez que se recupere el pleno control de las competencias autonómicas, pues el propio Libro Blanco contemplaba que en la eventualidad de que la independencia no fuera consentida por el Estado, dado que la suspensión del autogobierno no podría tener carácter indefinido y mucho menos definitivo, la secesión se alcanzaría reanudando la desobediencia permanente al marco constitucional y legal y manteniendo una movilización ciudadana que terminaría por forzar al Estado a reconocer la nueva república”.

Llarena opina que es precisamente esa estrategia la que justifica el riesgo de reiteración, y que se adopten las determinaciones que garanticen que las instituciones retornadas vuelvan a funcionar con pleno respeto a la realidad constitucional.

Riesgo de fuga

El auto ratifica la prisión provisional comunicada y sin fianza de Jordi Sànchez Picanyol, Jordi Cuixart Navarro, Oriol Junqueras i Vies y Joaquim Forn i Chiariello, atendiendo para ello al riesgo de reiteración delictiva que se ha expresado en las resoluciones por las que se acordó y mantuvo su medida cautelar, "y visto el riesgo de fuga que se configura con ocasión de las graves responsabilidades que, sin seguridad pero con firmeza, se reflejan mediante una instrucción culminada en lo esencial".

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