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18/05/2018 09:04:36 Comisión Europea Directiva 3 minutos

La Comisión Europea rebaja la sanción financiera impuesta España debido tras la transposición parcial de la Directiva sobre las cuentas de pago

La Comisión Europea ha decidido, en el contexto de su remisión de las autoridades de España ante el Tribunal de Justicia de la UE, proponer una sanción financiera inferior a la que estableció en octubre de 2017, ya que España ha realizado, entretanto, una transposición parcial de la Directiva de la UE sobre las cuentas de pago. (Directiva 2014/92/UE).

La Comisión ha decidido proponer una sanción financiera inferior a la que estableció en octubre de 2017 debido a que España ha realizado, entretanto, una transposición parcial de la Directiva.

De este modo, esta decisión confirma la del año pasado pero tiene en cuenta la transposición parcial de la Directiva realizada desde entonces. La Comisión pedirá al Tribunal de Justicia que imponga una multa coercitiva diaria de 48 919,20 euros a España desde el día de la sentencia hasta que la Directiva haya quedado transpuesta completamente y esté en vigor en el Derecho nacional.

La normativa de la UE sobre cuentas de pago garantiza que los consumidores disfruten de unas cuentas de pago transparentes en un mercado competitivo e inclusivo. La Directiva concede a todos los residentes legales de la UE el derecho a poseer una cuenta de pago básica con un coste razonable, independientemente de su lugar de residencia al mismo tiempo que mejora la transparencia de las comisiones de las cuentas de pago y facilita la comparación entre cuentas y el cambio de cuenta. Las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas que habían de adoptar los Estados miembros para conformarse a la Directiva debían entrar en vigor a más tardar el 18 de septiembre de 2016 y se debía informar inmediatamente a la Comisión.

Próximas etapas

En caso de que la transposición quede incompleta y el Tribunal de Justicia de la UE confirme el punto de vista de la Comisión, la multa diaria tendría que pagarse desde la fecha de la sentencia o una fecha posterior establecida por el Tribunal de Justicia hasta la transposición completa de la Directiva. El importe final de la multa diaria será decidido por el Tribunal de Justicia, pero no podrá exceder del propuesto por la Comisión.

Antecedentes

Al enviar una carta de emplazamiento a las autoridades españolas en noviembre de 2016, la Comisión Europea instó formalmente a España a transponer completamente la Directiva de la UE relativa a las cuentas de pago (Directiva 2014/92/UE). Tras recibir una respuesta de las autoridades españolas, la Comisión decidió enviar un dictamen motivado a España en abril de 2017. A continuación, la Comisión decidió llevar a España ante el Tribunal de Justicia en octubre de 2017.

Hasta la fecha, las autoridades españolas no han notificado formalmente una transposición completa, lo que lleva a la Comisión a concluir que la Directiva de la UE relativa a las cuentas de pago no ha sido transpuesta, por el momento, completamente al Derecho nacional.

En la práctica, de conformidad con el artículo 160, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), si un Estado miembro ha incumplido la obligación de transponer una Directiva de la UE en su Derecho nacional dentro del plazo establecido, la Comisión puede pedir al Tribunal de Justicia de la UE que imponga sanciones financieras. Las multas deben tener en cuenta:

- la gravedad de la infracción,

- la duración de la infracción,

- el factor «n» (que varía entre Estados miembros y tiene en cuenta su producto interior bruto, PIB),

- un importe a tanto alzado, que para esta infracción se estableció en 680 euros diarios cuando se adoptó la decisión de remitir el asunto al Tribunal de Justicia,

- el efecto disuasorio reflejado en la posibilidad de pagar del Estado miembro afectado.

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