Noticias JurídicasOrigen https://noticias.juridicas.com

Actualidad Noticias
27/08/2009 07:04:00 Redacción NJ RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL POR DAÑOS 2 minutos

El Supremo condena a un colegio a indemnizar a los padres de una niña fallecida a causa de un golpe producido por un compañero en el recreo

La sentencia considera que existió negligencia organizativa por parte del centro, y que debió poner los medios a su alcance para evitar la concentración de alumnos en un espacio pequeño, con la debida supervisión por parte de los vigilantes.

El Tribunal Supremo (TS) ha condenado al colegio valenciano San José Religiosas Escolapias a indemnizar con 45.000 euros a los padres y a la hermana de una niña de seis años que murió a causa de un golpe que se dio en la cabeza cuando cayó al suelo tras ser empujada por otro niño durante la hora del recreo.

El accidente tuvo lugar el 25 de marzo de 1999, cuando, a causa de la lluvia, los trescientos alumnos de primaria del centro pasaban su tiempo de descanso no en el lugar habitual, sino en un espacio cubierto en forma de 'L' y de 200 metros cuadrados, vigilados por tres profesoras.

La familia de la víctima demandó por este hecho al colegio, acusándole de haber cometido una negligencia organizativa al concentrar a tantos niños en un espacio pequeño del que, además, las tres encargadas de vigilarles no podían tener visibilidad simultáneamente.

El Juzgado de primera instancia desestimó la reclamación por considerar que los hechos se debieron a un  caso fortuito y que 'cualquiera que fuese el número de alumnos existentes en el porche, el accidente hubiera sido igualmente inevitable ya que derivó de una reacción súbita'.

Por su parte, la Audiencia Provincial de Valencia, revocó parcialmente la sentencia, condenando al colegio, señalando que el riesgo de que sucedan hechos como éste 'es más que patente por la imposibilidad del personal docente de vigilar a tantos niños en un espacio tan reducido' y por la 'probabilidad de que tan alta concentración provoque en los niños reacciones o conductas agresivas'.

El Tribunal Supremo ha señalado que la lluvia no imponía necesariamente que los niños de varios grupos tuvieran que concentrarse en el espacio común cubierto 'cuando se daba la alternativa de que cada grupo hubiera disfrutado del recreo en su correspondiente aula bajo la supervisión de la profesora encargada'.

Por tanto, considerando que 'era responsabilidad de la dirección del centro la organización necesaria para que tal solución alternativa fuera posible', el TS ha impuesto finalmente al colegio la obligación de indemnizar en 36.060 euros a los padres de la niña, y en 9.015 euros a su hermana, cantidades a las que deben sumarse los intereses por la demora de diez años en resolver el proceso.

Te recomendamos