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10/10/2018 16:18:26 Irene Cortés Poder Judicial 4 minutos

Los presidentes de los TSJ piden a cargos públicos que no “descalifiquen o desprestigien” las actuaciones del poder judicial

Los presidentes de los 17 Tribunales Superiores de Justicia de España han redactado un documento en el que piden a las personas que ostentan cargos públicos que no descalifiquen de forma general su labor, ya que deslegitima al poder judicial y afecta a la confianza que los ciudadanos tienen en sus tribunales y en el sistema democrático.

Si bien la crítica de las actuaciones judiciales es legítima y positiva en una sociedad democrática, añaden los magistrados, su descalificación general, especialmente cuando se efectúa por quienes ejercen cargos públicos, deslegitima al poder judicial y afecta a la confianza que los ciudadanos tienen en sus tribunales y en el sistema democrático.

Esta es una de las conclusiones esgrimidas en las jornadas nacionales de Presidentes de Tribunales Superiores de Justicia, que durante tres días han congregado en Burgos a los 17 representantes de los tribunales autonómicos. “Consideramos esencial que quienes representan a los poderes públicos actúen con lealtad, favoreciendo la credibilidad en el Poder Judicial y en el resto de las instituciones”, apuntan.

Entre otras cosas, los presidentes de los TSJ piden a los poderes públicos que aseguren los medios y recursos que el poder judicial necesita para asegurar la aplicación de la fuerza razonada del Derecho para defender el orden constitucional. Y es que, a su juicio, “la modernización y una dotación adecuada a la Justicia siguen siendo la asignatura pendiente de nuestra democracia.

Buen periodismo para mejorar la democracia

Las crecientes exigencias de una información rigurosa, de una efectiva protección de datos personales y de una política de transparencia manifiestan, según los líderes de los TSJ españoles, la necesidad de fortalecer el papel y los medios de comunicación, ofreciendo a los ciudadanos una información veraz, objetiva y responsable y ágil, “esencial en una sociedad democrática”.

Asimismo, las administraciones prestacionales deben reforzar la seguridad judicial electrónica, garantizando la custodia y reserva de los datos contenidos en el expediente judicial electrónico. Los accesos a las sedes judiciales electrónicas para verificar la autenticidad e integridad de las resoluciones judiciales a través del Código Seguro de Verificación (CSV) deben incorporar un control de trazabilidad que permita identificar al usuario y comprobar la legítima finalidad del acceso.

Por otro lado, se refieren a los derechos de los consumidores para apostillar que su protección, reconocida en el ordenamiento de la Unión Europea, se encuentra sumida en una crisis de eficacia por las dificultades en la gestión de los procesos en la jurisdicción civil. Para solucionar este fenómeno, piden medidas legislativas específicas.

Los magistrados también inciden en la necesidad de una reflexión sobre la ponderación de las exigencias de seguridad y las garantías de privacidad. Para ello, proponen la creación de una base de datos “que recopile de forma sistemática los informes emitidos por las distintas comisiones territoriales”.

Otras de las iniciativas que se incluían en el mencionado documento vienen reproducidas a continuación:

  1. - La oficina judicial es la organización de carácter instrumental que sirve de soporte y apoyo a la actividad jurisdiccional de jueces y tribunales. Para asegurar dicho carácter instrumental de la oficina judicial, proponemos que se lleven a cabo los cambios normativos que vinculen funcionalmente a los Secretarios de Gobierno a las directrices organizativas emanadas de los órganos de gobierno del Poder Judicial.
  2. - Resulta necesario establecer una disposición legal que vincule automáticamente la mejora de los derechos en la función pública a la Carrera Judicial. Mientras tanto, para paliar esta situación, los Presidentes de los TSJ realizaremos una interpretación favorable de aquellos derechos cuyo reconocimiento está sujeto a nuestra decisión.
  3. - Reclamamos la clarificación de las competencias directivas de los Secretarios de Gobierno sobre el personal adscrito a las Secretarías de Gobierno, que en todo caso deben quedar sometidas y ser ejercitadas con arreglo a las directrices, acuerdos y órdenes emanados de las presidencias de los TSJ. 
  4. - Acordamos la utilización del auxilio judicial para la práctica de los actos de prueba deberá ser excepcional y requerirá en todo caso su adopción por resolución motivada en la que se justifique la necesidad del exhorto y, en su caso, también la imposibilidad de su realización mediante videoconferencia.

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