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06/03/2007 07:11:00 Redacción NJ TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 1 minuto

El Tribunal Constitucional concede a una mujer la reducción de su jornada laboral para ocuparse de su hijo menor de seis años

La sentencia del Tribunal Constitucional ha dado la razón a una mujer trabajadora de un centro comercial para reducir su jornada laboral para que pueda ocuparse de "la guarda legal de un hijo menor de seis años".

La sentencia del Tribunal Constitucional ha dado la razón a una mujer trabajadora de un centro comercial para reducir su jornada laboral para que pueda ocuparse de "la guarda legal de un hijo menor de seis años".

Esta sentencia corrige a la emitida por el Juzgado de lo Social nº 1 de la Comunidad de Madrid, que desestimaba la petición de la mujer, aunque no tendrá validez legal porque el hijo de la mujer ya había sobrepasado la edad de seis años, estipulada para que pueda ejercerse el derecho, cuando la sentencia fue emitida.

Según la UGT, a la que pertenece la trabajadora, aunque la sentencia no tenga validez legal en la situación actual de la mujer, sienta un precedente jurisprudencial "en la corrección de situaciones de discriminación indirecta de las mujeres, concretadas en la limitación de derechos". "La sentencia prima el derecho de las trabajadoras al cuidado de sus hijos sobre razones productivas" según el sindicato.

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