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27/11/2019 11:42:14 REDACCIÓN DERECHO A LA INFORMACIÓN 3 minutos

El TGUE deniega por motivos de seguridad la solicitud de dos particulares para conocer detalles de la Operación Tritón

La justicia europea considera que la información relativa a la ubicación y las características de estos buques en el Mediterráneo podría ser aprovechada por los traficantes de personas para evitar controles u organizar ataques  

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha denegado, en una reciente sentecia sobre el asunto T-31/18, la petición de dos particulares para conocer por vía del derecho al acceso a la información pública detalles sobre los buques participantes en la Operación Tritón, la misión de la Unión para combatir la inmigración ilegal y la trata de personas en el Mediterráneo. 

La resolución justifica su decisión en motivos de seguridad y posible perjuicio al interés público. Se confirma así la denegación de acceso a la información que realizó en su día la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex), en base también a garantizar la seguridad de la misión, aún en curso. 

Según el fallo, detalles como el pabellón y el tipo de embarcación constituyen datos que pueden ser utilizados por mafias y atacantes con fines ilícitos, y por tanto su publicación podría poner en riesgo los objetivos de la misión y la seguridad de los implicados. Máxime, apunta la resolución, cuando los traficantes del Mediterráneo no dudan en atacar estas embarcaciones, en ocasiones incluso con armas de guerra. 

El Tribunal General considera por ello que la publicación de dicha información supone un riesgo para la tripulación de las misiones. En consecuencia, no queda amparada por el Reglamento que fija el derecho de acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (nº 1049/2001). 

Los requisitos de denegación fueron cumplidos

Los solicitantes alegaron que Frontex no llevó a cabo un examen individual de los distintos documentos solicitados. Es decir, que se denegó la petición en genérico, sin entrar a valorar qué información en concreto podría suponer un riesgo para la seguridad de la misión y cuál no. 

El TGUE estima que, cuando se crean documentos a partir de varios informes, no es necesario analizar cada una de las informaciones que crean dicho documento y justificar la denegación del acceso a cada uno de ellos. Basta el razonamiento y el examen individual del informe final para que la denegación a la información esté justificada. 

También deniega el argumento de los solicitantes de que las informaciones solicitadas, referente a los años 2017, estuviesen ya desactualizadas y por tanto su publicación no suponía ya un peligro. El TGUE destaca que no hay ninguna razón para considerar que la flota de embarcaciones se haya modificado desde entonces y la Operación Tritón sigue en marcha. Por tanto, concluye el tribunal, sigue existiendo riesgo de que los delincuentes utilicen la información solicitada para localizar las embarcaciones con fines ilícitos. 

Por último, el TGUE rechaza que la publicación por la propia Frontex de informaciones relativas a las embarcaciones en sus perfiles de redes sociales, en concreto en Twitter, sirva para presuponer que todo lo relativo a estos barcos debe ser en consecuencia conocido. La publicación de determinada información seleccionada, en el contexto de una obligación de comunicación puntual, no supone precedente que obligue a hacer publica informaciones que, a juicio del tribunal comunitario, pongan en peligro la seguridad pública.

Dicha restricción no sólo alcanza la ubicación de los barcos, sino también el tipo de embarcación que se trata o su nombre. 
 

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