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04/02/2020 12:47:19 REDACCIÓN CONTRABANDO 1 minuto

La juez corrige la pena para el condenado por contrabando de un ‘picasso’ a tres años de prisión y 91 millones de multa

El juzgado ha emitido auto aclarando un error de cálculo  

La titular del Juzgado de lo Penal nº27 de Madrid ha corregido su propia sentencia, y ha elevado la pena para el ex banquero que intentó vender un ‘picasso’ en Londres sin autorización a tres años de cárcel y a 91 millones de multa. Inicialmente se había notificado una pena de 18 meses de cárcel y multa de 52 millones.  

Según reconoce la juez en un auto aclaratorio tras el recurso del Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado, en la resolución original cometió un error, ya que debió aplicar la mitad superior de la pena como estipula la Ley Orgánica 12/1995, de represión del Contrabando. La horquilla de condena prevista para estos delitos varía de entre uno a cinco años de prisión, y multa de hasta el séxtuplo del valor de la obra. 

El ex banquero fue condenado el pasado 14 de enero por un delito de contrabando de bienes culturales, al intentar sacar la obra “Head of a Young woman” del país en un velero, para venderla en una subasta en Londres. Se aplicó por el delito lo estipulado en el artículo 2.2 a) y 3.1 de la Ley Orgánica 12/1995, de represión del Contrabando, lo que le valió entonces una condena de 18 meses de prisión y multa de 52 millones, que con la nueva condena se duplican y se aproximan a la que pidió el Ministerio Fiscal (quien reclamó cuatro años y 100 millones de multa).  

El recurso extraordinario de aclaración permite a los jueces corregir errores manifiestos en sus fallos o incorrecciones aritméticas cuando las partes lo pidan. Se trata de una figura prevista en el artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 
 

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