Noticias JurídicasOrigen https://noticias.juridicas.com

Actualidad Noticias
13/07/2020 08:20:29 Prensa Tribunal Supremo LABORAL Y FRAUDE DE LEY 2 minutos

Los trabajadores temporales en fraude de ley en sociedades mercantiles estatales son personal indefinido, pero no fijo

Se unifica doctrina y se rechaza la consideración de trabajadores fijos de plantilla, como en algunas resoluciones había llegado a considerar la Sala

Prensa Tribunal Supremo. - En Sentencias de 17 de junio y 18 de junio el Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha unificado doctrina en cuanto a las consecuencias de la apreciación de fraude de ley o abuso de la contratación temporal en las sociedades mercantiles estatales, de modo que los trabajadores de estas empresas afectados se consideran indefinidos no fijos y no trabajadores fijos de plantilla como en algunas resoluciones había llegado a considerar la Sala. 

La figura del personal indefinido no fijo, de creación jurisprudencial, se originó en el marco de la contratación laboral irregular de las administraciones públicas, de modo que los empleados ilícitamente contratados no son considerados empleados de plantilla, sino contratados por tiempo indefinido, hasta que se proceda a la regular cobertura de la plaza, al estimar que el acceso a la función pública y a la plena estabilidad en el empleo público en propiedad debe sujetarse a convocatorias regidas por principios de mérito y capacidad. 

A partir de ahí se había cuestionado si tal doctrina podía aplicarse también a las sociedades mercantiles estatales, es decir aquéllas en las que la actuación pública en la actividad económica se realiza mediante sociedades regidas por el derecho mercantil. De acuerdo con el criterio ahora expuesto por el Pleno de la Sala, aunque con Voto Particular de un magistrado, las sociedades mercantiles estatales, cuando se constate irregularidad en la contratación de un trabajador temporal, tendrán que reconocerle, en lugar de la condición de personal fijo como en las empresas privadas, el mismo régimen aplicable a los contratados en fraude de ley por organismos y administraciones públicas, es decir, esos trabajadores se considerarán indefinidos no fijos y no empleados fijos de plantilla.

El presente comunicado de prensa tiene finalidad estrictamente informativa, sin valor doctrinal, y carece de efectos procesales.
 
 

Te recomendamos