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04/12/2020 10:18:28 REDACCIÓN ANÁLISIS DE NORMATIVA 7 minutos

Extremadura aprueba su ley de artes escénicas con ayudas a compañías y una Red de Teatros

La ley crea el Consejo Extremeño de las Artes Escénicas, órgano colegiado de participación administrativa y social, de carácter asesor, cuya composición y régimen de funcionamiento serán determinados reglamentariamente

Extremadura aprueba su ley de artes escénicas con ayudas a compañías y una Red de Teatros

Extremadura estrena Ley de Artes Escénicas. Se trata de la Ley 6/2020, de 1 de diciembre, que establece el marco jurídico del sistema de las artes escénicas y su actividad en la región: la producción, la promoción, el fomento, la distribución y la exhibición de las Artes Escénicas, en un contexto de defensa y promoción de la identidad y la diversidad cultural de esta tierra. 

Analizamos sus principales postulados. 

Organización del sistema de las Artes Escénicas

La norma define las Artes Escénicas como aquellas expresiones culturales que ponen de manifiesto la libertad de creación artística, la innovación y la creatividad humana, y el sistema de las Artes Escénicas como el conjunto de manifestaciones sociales, culturales y artísticas de naturaleza compleja, configurado por una serie de agentes e instituciones que realizan diferentes procesos, que aseguran su funcionamiento, siendo responsabilidad de los poderes públicos promover una adecuada articulación y desarrollo de dicho sistema y de las estructuras que lo conforman.

Regula la organización del sistema de las Artes Escénicas: los procesos del sistema escénico, los agentes e instituciones que intervienen, así como la actividad y la práctica escénica del sistema. Asimismo, se ocupa del patrimonio escénico. En este sentido contempla la creación del Centro de Documentación de las Artes Escénicas de Extremadura, que se ocupará de la conservación, el estudio y la divulgación de los bienes escénicos, públicos y privados, en todos sus formatos.

Además, la ley crea el Consejo Extremeño de las Artes Escénicas, órgano colegiado de participación administrativa y social, de carácter asesor, cuya composición y régimen de funcionamiento serán determinados reglamentariamente.

Administración autonómica en el sistema de las Artes Escénicas

La norma parte de la consideración de las Artes Escénicas como un servicio público que se puede prestar desde las entidades públicas y/o las entidades privadas.

Así, señala las competencias de la Junta de Extremadura en el ámbito de las Artes Escénicas, entre las que se encuentra el diseño de las políticas escénicas, y crea la Comisión Interadministrativa de coordinación de las políticas públicas extremeñas sobre Artes Escénicas, órgano colegiado de participación administrativa para la colaboración, coordinación y cooperación entre la Administración autonómica y las entidades locales.

En cuanto a las entidades privadas, se promoverá la coordinación y colaboración de los órganos y entidades de la Administración de la Junta de Extremadura con otras entidades de las Artes Escénicas, asociaciones profesionales, instituciones y operadores privados integrados en el sistema de las Artes Escénicas que participen activamente en los procesos del mismo o en alguno de ellos, tales como la distribución o la exhibición.

Por lo que respecta a la gestión de los espacios escénicos de titularidad pública, el texto señala que el instrumento para el desarrollo creativo de las Artes Escénicas es el Edificio Teatral o Espacio Escénico, entendido como marco de encuentro necesario entre personas creadoras y espectadoras que redunda en beneficio de toda la sociedad, por cuanto en el espacio escénico se reúne, se confronta y se renueva. La gestión artística de dicho edificio o espacio escénico se realiza en colaboración y coordinación entre las personas creadoras y las gestoras.

Se detallan los fines y usos de los espacios escénicos, tales como teatros, salas o auditorios, correspondiendo a los poderes públicos la conservación y mantenimiento de los mismos y el desarrollo y regulación de programas para su dinamización y funcionamiento.

En esta materia la norma contempla la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura, programa de acción cultural y colaboración, cuyo objeto es optimizar los recursos disponibles y procurar una programación estable y de calidad de Artes Escénicas. La Consejería competente en materia de cultura fijará el procedimiento para la inclusión de los teatros y otros espacios escénicos que conforman la Red y determinará las condiciones que deben tener los espacios incluidos, atendiendo a criterios técnicos y de calidad.

En cuanto a la Red de espacios privados de exhibición escénica, se fijará, de igual forma, la normativa pertinente en la que se desarrollarán las condiciones que deben tener estos espacios.

Además, la Consejería competente en materia de cultura elaborará un mapa de espacios escénicos extremeños que incluirá tanto los espacios de titularidad pública como aquellos espacios privados que soliciten su integración en el mapa con arreglo al procedimiento y requisitos que se establezcan reglamentariamente.

Fomento de las Artes Escénicas

Señala la norma que la Junta de Extremadura deberá promover medidas que tengan como objetivo impulsar la creación, conservación, promoción y difusión de las Artes Escénicas, así como medidas para la promoción de la igualdad, la accesibilidad social y el equilibrio territorial.

De forma más específica, el texto recoge medidas de fomento y apoyo a la creación escénica, entendida como la ideación y realización artística de un espectáculo, y a la difusión y exhibición escénica, así como medidas de fomento de la exhibición en itinerancia, potenciando la circulación de propuestas escénicas extremeñas en los ámbitos local, provincial, autonómico y estatal, así como la proyección internacional de la creación escénica propia, a través de redes, circuitos o programas específicos para este fin.

Asimismo, la Consejería competente en materia de cultura favorecerá la creación de redes y circuitos de exhibición que aseguren la programación de Artes Escénicas en los municipios extremeños, definiendo su naturaleza, pública o privada. Las ferias y muestras de Artes Escénicas se configuran como espacios para la promoción y exhibición de espectáculos, como espacio de estudio e investigación de aspectos del sistema de las Artes Escénicas y, también, como foro de encuentro e intercambio entre artistas, personas creadoras y públicos de todo tipo de manifestaciones escénica.

Por lo que respecta a la recepción escénica, la norma dispone que la Consejería competente en materia de cultura impulse, junto al sector de las artes escénicas, un protocolo de acogida por parte de los espacios escénicos de titularidad pública de los espectáculos o propuestas escénica. Asimismo, la Administración Pública deberá adoptar medidas que faciliten el acceso a la a la actividad escénica por parte del público, así como proporcionar información sobre las propuestas escénicas en exhibición.

La Consejería competente en materia de cultura habrá de desarrollar normativas, programas y actividades que permitan y propicien la divulgación de los bienes escénicos.

La norma contempla la necesidad de regular la investigación en las Artes Escénicas, debiendo colaborarse con centros o espacios de investigación escénica.

Por último, el texto se ocupa del fomento de la animación escénica, en la medida en que ésta es la suma de programas orientados al fomento de los procesos de creación, difusión y recepción escénica, así como al fomento del capital teatral y la competencia estética del público y la investigación del sistema escénico.

Compañías residentes y residencias artísticas

La norma recoge la posibilidad de que las Administraciones Públicas extremeñas establezcan un sistema de ayudas que favorezcan la interrelación entre la creación artística y los espacios de exhibición públicos o privados a través de los proyectos de compañías residentes y residencias artísticas como formas de apoyo al trabajo de creación e investigación escénica. Reglamentariamente se establecerán las condiciones que deben reunir los proyectos de compañías residentes y de residencias artísticas para que puedan recibir ayudas públicas.

Podrá fomentarse un programa de compañías residentes entre los municipios de la comunidad autónoma y los espacios escénicos de titularidad privada de la Región, para el uso de sus instalaciones y recursos escénicos durante un tiempo mínimo consensuado, que no será inferior a dos años, así como programas de residencias artísticas mediante el uso de instalaciones y recursos escénicos, con el objetivo de investigar o desarrollar nuevos proyectos concretos y por un tiempo determinado consensuado con la persona titular o gestora del espacio escénico. El artista o la compañía en residencia en el espacio escénico desarrolla su proyecto durante un período de tiempo de duración anual o inferior al año.

Entrada en vigor

La Ley 6/2020, de 1 de diciembre, entra en vigor el 4 de diciembre de 2020, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

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