"Las mujeres y los hombres son iguales en dignidad humana, e iguales en derechos y deberes", establece la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres que se aprueba en el Congreso de los Diputados.
La Ley traspone las directivas europeas sobre igualdad en el ámbito laboral y la lucha contra la discriminación y el acoso sexual, reformando más de diecinueve normas en el ámbito del acceso al empleo público o las prestaciones de la Seguridad Social.
Por otra parte, se incluye la obligatoriedad de negociar planes de igualdad en las empresas con más de 250 trabajadores, así como la paridad en los consejos de administración.
Otra de las reformas que incluye la ley establece que los permisos de paternidad pasarán de dos a quince días de duración, que serán veintiocho en un plazo de seis años; el permiso de maternidad en caso de parto prematuro se ampliará tantos días como el bebé permanezca hospitalizado, hasta un máximo de trece semanas adicionales.
En materia electoral, los partidos políticos deberán confeccionar candidaturas para las próximas elecciones autonómicas y municipales en las ninguno de los dos sexos podrá ocupar menos del 40% de las listas de forma que en tramos de cinco candidatos no puede haber menos de dos candidatos de uno u otro sexo, salvo en las localidades de menos de 5.000 habitantes. Añade en este aspecto que las leyes electorales de cada autonomía podrán mejorar esas paridad, pero nunca reducirla.
Según la secretaria de Igualdad de la Comisión Ejecutiva Provincial del PSOE, Victoria Sobrino, "la aprobación de la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres va a mejorar la convivencia democrática en España".