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28/01/2021 17:29:18 REDACCIÓN SENTENCIAS 3 minutos

Día Europeo de Protección de Datos: cinco casos que marcaron 2020

La Unión Europea busca concienciar sobre la importancia de la privacidad y los peligros de la red  

Día Europeo de Protección de Datos: cinco casos que marcaron 2020

El 28 de enero es el Día Europeo de la Protección de Datos. Con esta efeméride, la Unión Europea busca concienciar sobre la importancia de la privacidad y de los derechos del Reglamento General de Protección de Datos, que en mayo cumple tres años en vigor. 

Noticias Jurídicas recopila algunas de las resoluciones más relevantes de organismos internacionales y nacionales de los últimos 12 meses. Sanciones pioneras que marcan qué nos esperará en los próximos años en esta novedosa materia. 

Las multas a BBVA y CaixaBank

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) se puso seria a finales de 2020 e impuso dos sanciones históricas. Primero, el BBVA era multado con cinco millones de euros, la mayor multa jamás interpuesta por esta administración, por vulnerar la protección de los datos de sus clientes. Le siguió una segunda sanción a Caixabank de seis millones de euros, que hasta el momento tiene el récord. El mensaje para las entidades bancarias fue claro: no cumplir con el reglamento conlleva importantes consecuencias.

Adiós al 'Privacy Shield'

El sueño de conseguir un gran acuerdo que garantizase la seguridad del flujo de datos entre la UE y EEUU se desvaneció en junio. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea anuló en una sentencia el llamado 'Privacy Shield', el escudo de privacidad UE-EEUU que garantizaba la protección de los datos en estas transacciones. 

Su fallo cuestionó la validez de las cláusulas contractuales tipo cuando la normativa del país de destino no permitía garantizar un nivel de protección equivalente al de la norma europea. La decisión sacudió los protocolos de intercambio de datos con EE.UU y miles de empresas tuvieron que revisar las condiciones de tratamiento de datos de sus contratos.

Casillas premarcadas

El TJUE estableció un importante precedente en noviembre de 2020. Dejó claro que el consentimiento otorgado a través de contratos pre marcados -casillas con X impresas- no es válido. El usuario debe marcar de su puño y letra para otorgar consentimiento. 

El tribunal comunitario atajó así de raíz una práctica común en el papeleo con usuarios. Si hay silencio, casillas marcadas o inacción, no hay consentimiento. Además, dictó que es contrario a la normativa inducir a error al consumidor en cuanto a la posibilidad de celebrar el contrato en caso de negativa del tratamiento de sus datos.

Redes sociales

Aunque la creencia popular apunte lo contrario, publicar contenido en redes no es una puerta abierta a que cualquiera pueda recolectar tus datos y tratarlos como considere.   

La autoridad británica de protección de datos (la Oficina del Comisionado de Información de Reino Unido) así lo recordó a finales de año. El organismo multó con 45.000 libras a una empresa que, a través de números captados de LinkedIn, realizó más de 40.000 llamadas para ofrecer planes de pensiones. 

Aceptar una solicitud de LinkedIn, aclaró la autoridad británica, no supone aceptar el tratamiento de datos personales con fines comerciales. 

Sanciones a Ayuntamientos

El Ayuntamiento Huercal (Almería) fue uno de los primeros consistorios en ser apercibido por no contratar a tiempo a un Delegado de Protección de Datos. Tras un año y medio de periodo de adaptación, la AEPD dio la razón a un ciudadano reclamante y consideró que el ente público había descuidado sus obligaciones. En esta ocasión, la sanción se limitó a un apercibimiento 

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