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26/08/2021 11:01:28 REDACCION REFORMA PENSIONES 3 minutos

El Gobierno aprueba la primera reforma del sistema de pensiones, que se revalorizarán conforme al IPC

La reforma pretende establecer un sistema de pensiones que dé tranquilidad a los pensionistas de hoy y de mañana

El Gobierno aprueba la primera reforma del sistema de pensiones, que se revalorizarán conforme al IPC
El primer  Consejo de Ministros celebrado tras el parón del verano, aprobó el pasado martes el Proyecto de Ley con el primer bloque de medidas para reformar el sistema de pensiones. 

Este texto, que supone la modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social  recoge una parte importante de las recomendaciones aprobadas por el Pacto de Toledo el pasado otoño.

La nueva norma fijará un nuevo marco estable de revalorización de las pensiones, el cual prevé que el 1 de enero de cada año se incrementarán las pensiones conforme a la inflación media anual del año anterior. En el caso de que se produzca un año de IPC negativo, la cuantía de las pensiones quedará inalterada.

Entre las novedades cabe destacar las siguientes:

Jubilación anticipada

Entre las medidas está la de retrasar la edad de jubilación. En concreto, respecto a la jubilación anticipada voluntaria, los coeficientes pasan a ser mensuales, con un tratamiento más favorable a las carreras de cotización más largas. Además, los coeficientes reductores relacionados con el adelanto de la edad de jubilación se aplicarán sobre la cuantía de la pensión y no sobre la base reguladora de la misma, como hasta ahora.

En cuanto a la jubilación anticipada involuntaria, se mejoran dos aspectos: de un lado, se establecen coeficientes mensuales, en lugar de trimestrales; y, de otro, en relación con los dos años inmediatamente anteriores a la edad de jubilación ordinaria, se aplican en la determinación de la pensión de jubilación anticipada involuntaria los mismos coeficientes que en la modalidad voluntaria en aquellos supuestos en los que el nuevo coeficiente es más favorable que el hasta ahora vigente, entre otros.

Prohibir la jubilación forzosa

Se impiden también las cláusulas que prohíban la jubilación forzosa para trabajadores de menos de 68 años a partir de la entrada en vigor de la reforma.Se indica que en el caso de que se establezcan estas cláusulas, las empresas tendrán que contratar de manera indefinida a un trabajador por cada jubilado forzoso.

Incentivos a la jubilación demorada

En el caso de la jubilación demorada, el texto establece la exoneración de cotizar por contingencias comunes, excepto por incapacidad temporal, a partir del cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación que corresponda. Por cada año de retraso, se podrá bien obtener un porcentaje adicional del 4%.

Con el fin de favorecer la permanencia en el mercado laboral de trabajadores de más edad, se establece una reducción del 75% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes durante la situación de incapacidad temporal de los trabajadores que hayan cumplido 62 años.

Refuerzo de la estructura de ingresos

Respeto al fortalecimiento de la estructura de ingresos del sistema, el texto establece que la Ley de Presupuestos Generales del Estado contemplará anualmente una transferencia del Estado al presupuesto de la Seguridad Social para la financiación de diversos conceptos que permitan culminar la separación de fuentes en cumplimiento de la recomendación primera del Pacto de Toledo de 2020.

"Esta reforma es fruto del acuerdo con los sindicados y por tanto, celebrar el éxito del acuerdo que acompaña a la recuperación de nuestro país dando certezas a los pensionistas", expresaba Isabel Rodríguez, la ministra portavoz del Gobierno. Además, ha añadido en rueda de prensa que este primer paquete de medidas "viene a garantizar el poder adquisitivo de los pensionistas que quedó en suspenso y en la incertidumbre tras la reforma de las pensiones que se produjo en el año 2013".

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