La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial decidió sancionar con seiscientos euros a un magistrado de la Audiencia Provincial de Cantabria por una falta grave al incluir consejos religiosos en sentencias sobre denuncias entre parejas en trámites de divorcio.
La Comisión ha acordado sancionar al juez cántabro por una falta grave del artículo 418.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial entendiendo que las expresiones contenidas en sus sentencias judiciales "son de todo punto innecesarias, improcedentes y extravagantes, así como manifiestamente irrespetuosas desde el punto de vista jurídico".
En una de ellas, de noviembre de 2005, en la que condenaba a una mujer a 60 días de multa por dar una bofetada a su marido, el juez incluía varias páginas dedicadas en exclusiva a aconsejar a la pareja a incluir en sus vidas "el Espíritu de Jesucristo Resucitado, capaz de llenar el anhelo de vida que tienen sus corazones".
Uno de los apartados de la sentencia comenzaba señalando que "hay que partir, como premisa fundamental, de la existencia de Dios, que ha creado el hombre/mujer (...) y también admitir la existencia del Maligno, que se rebeló contra Dios y se constituye en principal enemigo del hombre, al intentar romper ese lazo de amor".
Por otra parte, reprochaba al marido que tuviera relaciones con otra mujer más joven que la suya "que tú suponías que podía hacerte más feliz. Apareció también el maligno y te dijo (...) y viendo que ese fruto prohibido era apetecible y bueno para lograr sabiduría, lo socialmente correcto, te erigiste en decisor de lo que es bueno y lo que es malo y comiste del árbol".
El juez consideraba en su sentencia como "bueno y la mejor justicia que como magistrado que aspira a ser cristiano" pretendía dispensarles.
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria acordó remitir las actuaciones del magistrado al CGPJ a efectos de "depurar las posibles responsabilidades a que pudiera haber lugar" con respecto a este juez.