La Comisión Europea ha aprobado este míercoles la excepción ibérica propuesta por España y Portugal para reducir el precio de la luz, permitiendo establecer un tope al precio del gas en el mercado mayorista. Esta medida se justifica por la escasa interconexión de la Península Ibérica con el resto de Europa, lo que supone una desventaja para su integración en el mercado europeo.
Bruselas ha fijado como fecha de inicio del mecanismo de ajuste el 14 de junio de 2022. En dicha fecha, los agentes internalizarán la cuantía unitaria del ajuste, para la casación del mercado diario realizada para el día siguiente, 15 de junio de 2022.
Mediante la Orden TED/517/2022, de 8 de junio, el Ministerio para la Transición Ecológica da publicidad a la decisión de la Comisión Europea que autoriza dicho mecanismo.
Mecanismo temporal de ajuste
El Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, articuló un instrumento regulatorio, pendiente entonces aún de su aprobación por parte de las autoridades de la Unión, que tenía como finalidad la reducción del precio marginal de la electricidad en los mercados mayoristas de la península ibérica y, en última instancia, promover una reducción de los precios minoristas soportados por todos los consumidores finales de electricidad.
La medida será de aplicación durante 12 meses, a partir de la fecha que ahora se determina. Beneficiará en primer lugar a los consumidores acogidos a la tarifa regulada (PVPC) y la industria y posteriormente a los consumidores con tarifas fijas, según vayan renovando sus contratos.
Debido a la integración de los mercados eléctricos de España y Portugal en el Mercado Ibérico de Electricidad, MIBEL, el mecanismo de ajuste se adopta de manera simultánea y coordinada en la Península Ibérica.
El Ejecutivo justificó su decisión por la necesidad de limitar el impacto que la escalada de precios del gas natural está teniendo en el mercado mayorista de electricidad, como consecuencia del diseño marginalista del mismo, que determina que el precio de toda la electricidad es fijado por la última unidad de generación necesaria para abastecer la demanda en cada hora, siendo el gas natural la tecnología que con mayor frecuencia actúa como tecnología marginal.
La medida emplea una fórmula matemática para limitar el precio del gas consumido por las centrales térmicas que es repercutido en las ofertas que fijan el precio del mercado mayorista de la electricidad. El precio de referencia del gas que se establece en el mecanismo será variable, comenzando por un valor de 40 €/MWh durante los seis primeros meses e incrementándose en escalones mensuales sucesivos de 5 €/MWh hasta alcanzar un valor de 70 €/MWh en el último mes.
Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros y con la conformidad previa del Gobierno portugués, se podrá suspender temporal o definitivamente la aplicación del mecanismo regulado en la norma, cuando así se justifique por circunstancias excepcionales del mercado o por razones de interés general.