Noticias JurídicasOrigen https://noticias.juridicas.com

Actualidad Noticias
30/12/2010 06:43:00 Redacción NJ FORUM FILATÉLICO 3 minutos

El Supremo exime al Estado de responsabilidad en las estafas de Fórum Filatélico y Afinsa

La sentencia del Supremo concluye que no hubo actuación alguna de la Administración que generase la confianza que se predica como defraudada, y que los reclamantes actuaron por su libre voluntad y en relaciones privadas con empresas que se movían en el ámbito mercantil.

El Tribunal Supremo ha eximido al Estado de responsabilidad patrimonial por no vigilar la actividad de Fórum Filatélico y Afinsa, que fueron intervenidas el 9 de mayo de 2006 por presunta estafa tras más de 25 años de funcionamiento, según la sentencia dictada el pasado 13 de diciembre.

La sentencia del Supremo concluye que "no hubo actuación alguna de la Administración que generase la confianza que se predica como defraudada, y que los reclamantes actuaron por su libre voluntad y en relaciones privadas con empresas que se movían en el ámbito mercantil".

El Supremo resuelve así uno de los 450 recursos de casación presentados por los cerca de 460.000 afectados por estas dos empresas, cuyo agujero patrimonial alcanza los 4.600 millones de euros, de los que sólo recuperarán cerca del 30% de lo invertido. La sentencia reproduce textualmente los argumentos del dictamen de la Audiencia Nacional.

Los magistrados concluyen que la actividad desarrollada por las filatélicas era de naturaleza mercantil, por lo que el Ministerio de Economía y Hacienda, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la Agencia Tributaria carecían de competencia de supervisión y control sobre la actividad.

Por su parte, la Fiscalía Anticorrupción y los Juzgados de lo Mercantil de Madrid, que actualmente tramitan las liquidaciones de las empresas, concluyeron que la actividad era financiera.

Los afectados alegaban que las empresas estaban sujetas al artículo 26 bis de la Ley del Mercado de Valores, aprobado en 1998 y derogado en 2005, que establecía que cualquier captación de ahorro debía estar regulada por la CNMV, o por la Ley de Disciplina e Intervención del Banco de España.

Sin embargo, el Supremo acoge la doctrina de la Audiencia Nacional que concluyó que los contratos suscritos por los clientes estaban sujetos a la Ley General de Consumidores y Usuarios y, en concreto, a la disposición adicional cuarta de la Ley 35/2003, de Instituciones de Inversión Colectiva.

Esta disposición adicional cuarta otorgaba la obligación de supervisión al Ministerio de Sanidad y Consumo, cuya competencia está transferida a las Comunidades Autónomas, y ordenaba la elaboración de una regulación específica para el sector de los bienes tangibles.

Sin embargo, el Supremo "rechaza que existiera norma legal alguna que habilitara a las autoridades de consumo para supervisar la solvencia de las entidades encargadas de la comercialización de bienes tangibles".

Además, el Alto Tribunal añade que "ni los consumidores que contrataron con Fórum y Afinsa formularon reiterada o manifiestamente denuncias ante las autoridades de consumo sobre el funcionamiento de las entidades, por lo que difícilmente puede imputarse al ministerio el resultado de la gestión económica de las referidas sociedades".

La asociación de consumidores Adicae ha calificado de "ignominia" la sentencia dictada por el Tribunal Supremo que exime al Estado de pagar a los cerca de 400.000 afectados por la presunta estafa de Fórum Filatélico y Afinsa, según informa en un comunicado.

Adicae anunció que denunciará "de inmediato" la actuación "anómala" de los jueces de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo en este caso ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Defensor del Pueblo.

Te recomendamos