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20/05/2024 08:07:00 REDACCIÓN PAGOS 3 minutos

La cláusula antimorosidad del RIJ cumple su primer año de vida con un balance positivo

El nuevo servicio de notificación judicial del Registro de Incidencias e Impagados Judiciales (RIJ) ha cumplido su primer año, posicionado como uno de los sistemas de información crediticia de referencia en nuestro país

El servicio de notificación judicial del Registro de Incidencias e Impagados Judiciales (RIJ) ha cumplido su primer año con un balance positivo. Este innovador sistema, que fue presentado oficialmente en abril de 2023 por la presidenta del Consejo General de la Abogacía Española, Victoria Ortega, permite a los abogados y departamentos jurídicos de las empresas hacer el requerimiento de pago previo y la notificación de inclusión en el RIJ, a través del órgano judicial, en el mismo procedimiento judicial sin coste, bien en la demanda o escrito judicial.

Los creadores de la herramientan comparten que con este servicio se ha logrado reducir drásticamente el periodo medio de pago de las ejecuciones de impagados en nuestro país, logrando anotar cobros exprés en menos de 20 días frente a los 40 meses de promedio, según recoge la última Memoria del Consejo General del Poder Judicial.

La cláusula antimorosidad se introduce en la demanda o escrito judicial, para garantizar la máxima seguridad y eficacia en el requerimiento de pago y la notificación de inclusión en su fichero de morosos.

Según destaca el director general del RIJ, Enrique Rodríguez Zarza, “la sola advertencia de inclusión en el RIJ, a través de la cláusula RIJ, provoca un efecto disuasorio en el deudor, que paga de forma inmediata poniendo fin a eternos y costosos procedimientos judiciales de reclamaciones de obligaciones dinerarias y consiguiendo, sobre todo, que se cumpla el derecho a la Tutela Judicial Efectiva y se desatasquen los Juzgados”.

Reducir tiempos

La cláusula antimorosidad RIJ está consiguiendo que acelerar drásticamente las estancadas ejecuciones de impagados, al hacer visible deuda que se gestionaba de forma silenciosa en los despachos de abogados, y que ahora particulares, autónomos, pymes o empresas pueden hacer ya visibles gracias a su publicación en el RIJ.

En marzo de 2023 se dictaron las primeras resoluciones judiciales en las que se comunica al deudor demandado su inclusión en el Registro de Impagados Judiciales a través del órgano judicial.

Su implementación ha sido posible gracias al aval de jueces y letrados de la Administración de Justicia que están aceptando ya su utilización en juzgados de todo el territorio nacional. Su éxito, con casos de cobro exprés inimaginables en la justicia española, ha hecho que su uso se esté extendiendo como solución legal clave para impulsar las ejecuciones de impagados y poner fin a largos y costosos procedimientos judiciales que se eternizan en el tiempo.

El 20 junio 2023, un nuevo auto judicial reafirma la utilidad de la cláusula RIJ para agilizar las ejecuciones de impagados judiciales y aliviar la sobrecarga de trabajo de los Juzgados. Desde entonces se han producido una cascada de resoluciones favorables de los juzgados dando traslado al deudor de la intención del acreedor de incluirle en el Sistema de Información Crediticia RIJ.

La cláusula antimorosidad de la Abogacía Española está respaldada por la última jurisprudencia del Tribunal Supremo. Su puesta en funcionamiento ha coincidido con las sentencias hechas públicas por el Tribunal Supremo en el último año, en las que ha marcado nueva jurisprudencia en materia de tratamiento de datos en los ficheros de morosos.

Estas últimas sentencias, relacionadas con casos de los ficheros tradicionales de morosos, han venido a confirmar que la operativa seguida por el RIJ se ajusta a los requisitos legales y jurisprudenciales exigidos para evitar inclusiones indebidas en el Fichero, convirtiéndole en uno de los más garantistas.

Su servicio de consulta gratuito permite a los despachos de abogados y departamentos jurídicos de las empresas tomar decisiones informadas y, por tanto, más certeras, evitando riesgos de impagos y conociendo a la perfección la solvencia de la persona o entidad con la que se va a contratar.

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