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25/11/2024 15:45:21 REDACCIÓN ICAM 5 minutos

El ICAM pide la anulación de la condena en costas por no acudir a medios alternativos de solución de controversias (MASC)

La institución también ha presentado propuestas complementarias destinadas a mejorar el acceso a la justicia y la optimización del sistema judicial

Eugenio Ribón, decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), ha presentado esta mañana en el Senado una serie de propuestas de enmienda al Proyecto de Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia. Entre los puntos destacados se encuentra la eliminación de la condena en costas en caso de no haber acudido a un intento de mediación u otros medios alternativos de solución de controversias (MASC). Esta preocupación ya había sido expresada por el ICAM durante la tramitación de la norma en el Congreso. A juicio del Colegio, esta disposición, que aparece en los artículos 31 y 32 del Proyecto de Ley, representaría un obstáculo para la efectiva tutela judicial y los derechos fundamentales de los ciudadanos.

El decano puntualiza que que “imponer costas por no acudir a un MASC no solo desincentiva el legítimo ejercicio de derechos fundamentales, sino que también incrementa la desigualdad procesal y el coste del acceso a la justicia. Reivindicamos que el uso de estos mecanismos sea una opción voluntaria y no una imposición condicionada a sanciones”. 

La justificación de la propuesta del ICAM se basa en varios aspectos: primero, argumenta que podría alterar el sistema actual de costas, puesto que el Proyecto de Ley establece que el incumplimiento de acudir a un MASC conllevaría una condena en costas. Para el ICAM, esta medida es innecesaria y perjudicial, ya que el sistema vigente, que se basa en el principio del vencimiento objetivo (principio jurídico que se aplica en la regulación de las costas procesales en los litigios judiciales, según el cual la parte que pierde el caso judicial es quien debe asumir las costas del proceso, incluyendo los gastos de la parte vencedora, como los honorarios de los abogados, procuradores y peritos, entre otros), ya desincentiva las pretensiones infundadas sin requerir cargas adicionales.

En segundo lugar, el ICAM cuestiona la efectividad de los MASC cuando se imponen como obligatorios. Aseguran que estas herramientas funcionan solo si ambas partes acceden a utilizarlas de forma voluntaria. Hacerlas obligatorias podría resultar contraproducente, generando retrasos y costes sin garantizar resultados satisfactorios. Como referencia, el Colegio madrileño menciona la experiencia de la conciliación obligatoria, que fue eliminada en 1984 debido a su ineficacia. Asimismo, el ICAM sostiene que la obligatoriedad de los MASC puede perjudicar a los ciudadanos, especialmente a aquellos con menos recursos. La necesidad de contratar a terceros neutrales o abogados en una etapa previa al litigio puede incrementar los gastos y complicar el acceso a la justicia para los más vulnerables.

Otro motivo de preocupación es el impacto negativo en la justicia material, ya que forzar a las partes a participar en mediaciones en situaciones donde no hay posibilidades reales de negociación podría socavar el derecho fundamental de los ciudadanos a obtener una resolución judicial sobre el asunto en cuestión.

Finalmente, el ICAM destaca los riesgos de abusos procesales que podría generar este sistema. La obligatoriedad de los MASC podría incentivar comportamientos estratégicos que perjudiquen a las partes más vulnerables, como los consumidores enfrentados a entidades con mayor capacidad de negociación, desviando así el propósito original de los MASC como herramientas de justicia alternativa.

Reivindicaciones adicionales del ICAM

A pesar de que la eliminación de la condena en costas por no acudir a medios alternativos de solución de controversias (MASC) es la principal reclamación del ICAM, la institución también ha presentado propuestas complementarias destinadas a mejorar el acceso a la justicia y la optimización del sistema judicial. Estas enmiendas abordan temas relevantes para ciudadanos y profesionales del sector jurídico.

En primer lugar, el ICAM sugiere la ampliación de los plazos y la garantía de asistencia letrada en los procesos relacionados con los MASC. Esta medida busca evitar que las personas se enfrenten a situaciones de indefensión debido a la rigidez de los plazos procesales, lo que podría obstaculizar la obtención de asesoramiento adecuado. Al garantizar tiempos razonables y la posibilidad de contar con un abogado en todas las etapas del procedimiento, se busca que los justiciables tomen decisiones informadas y que se respeten sus derechos fundamentales.

Además, el reconocimiento del papel de los colegios profesionales se presenta como otro pilar fundamental de las propuestas del ICAM. Estas organizaciones, al estar cerca de los profesionales y ciudadanos, deberían desempeñar un papel central en la promoción y gestión de los MASC. El ICAM resalta la necesidad de fortalecer sus competencias, permitiéndoles actuar como garantes de la calidad en los procesos de mediación y arbitraje, así como en la formación y supervisión de mediadores y otros terceros neutrales.

Por último, el ICAM enfatiza la importancia de la especialización judicial para mejorar la calidad del servicio en áreas sensibles, como los asuntos de familia, infancia y capacidad. La institución plantea la necesidad de implementar formación especializada y continua para jueces y magistrados, asegurando que estén preparados para abordar de manera adecuada los complejos casos que surgen en estas áreas. Esta especialización no solo aumentaría la eficiencia del sistema judicial, sino que también fortalecería la confianza de los ciudadanos en la justicia.

“El ICAM reitera su compromiso con una justicia eficiente, accesible y equitativa, pero advierte que la obligatoriedad de los MASC y su vinculación a la condena en costas podría convertirse en una barrera para el acceso a los tribunales. Por ello, solicitamos a los Grupos Parlamentarios en el Senado una reflexión profunda para preservar los derechos fundamentales y la tutela judicial efectiva”, concluye el decano Eugenio Ribón.

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