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18/04/2007 04:21:00 Redacción NJ CAPITAL DEL CORTE INGLES 2 minutos

El Corte Inglés tendrá que pagar más de 98 millones de euros a César Areces por el 0,69% del capital

El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid ha sentenciado que El Corte Inglés pague más de 98 millones de euros a César Areces por la participación del 0,69% que controla en la sociedad que preside Isidoro Álvarez.

El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid ha sentenciado que El Corte Inglés pague más de 98 millones de euros a César Areces por la participación del 0,69% que controla en la sociedad que preside Isidoro Álvarez.

Miriam Iglesias, titular del juzgado, considera que El Corte Inglés ha infringido el "procedimiento de transmisión de acciones intervivos", al querer comprar las acciones de los hermanos Areces por unos 35 millones de euros, importe que no se corresponde con el "valor real" de dichas acciones.

La juez Iglesias ha fallado a favor de los demandantes después de que los abogados de los mismos, Andrés Jiménez de Parga y Alicia Herrador, presentaran una valoración real de la compañía, elaborada por dos profesores del IESE, basada en la actual situación del mercado.

Según la juez, no se le puede obligar a César Areces a cumplir el pacto de recompra de acciones que se utiliza para los directivos de la empresa, dado el hecho de que él no ha ocupado ningún cargo en la compañía y ha adquirido sus acciones "por vía sucesoria" y "se ha probado que formaba parte del grupo originario de accionistas" de El Corte Inglés.

Por su parte, El Corte Inglés ha anunció que piensa recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial de MAdrid por considerarla "contradictoria", ya que "no se ajusta al procedimiento estatutariamente establecido" y por ello anuncia su intención de recurrir la condena "utilizar los procedimientos procesales oportunos en defensa de sus intereses".

Además, según el portavoz de El COrte Inglés, "la sentencia destaca la actuación inapelable y dirigente del consejo de administración de El Corte Inglés en todo momento, así como el procedimiento seguido para designar al auditor de cuentas que emitió el informe sobre la valoración de la compañía, al que la sociedad se ha ajustado para entender, como ahora corrobora el juzgado, que es un procedimiento legal y estaturariamente correcto".

 

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