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15/09/2011 03:48:00 Ministerio de Justicia AGILIZACIÓN DE LA JUSTICIA 3 minutos

El Senado aprueba tres leyes para lograr una Justicia más ágil y eficaz

El ministro de Justicia ha subrayado ante el pleno la importancia y trascendencia de las citadas leyes, más aún en este contexto de crisis y dada la relación que existe entre jurisdicción y economía. Francisco Caamaño destacó que estas leyes persiguen un objetivo común: facilitar el acceso a la Justicia, ganar en eficacia, reducir costes y acortar los tiempos de respuesta de los tribunales.

El ministro de Justicia ha subrayado ante el pleno la importancia y trascendencia de las citadas leyes, más aún en este contexto de crisis y dada la relación que existe entre jurisdicción y economía. Francisco Caamaño destacó que estas leyes persiguen un objetivo común: facilitar el acceso a la Justicia, ganar en eficacia, reducir costes y acortar los tiempos de respuesta de los tribunales.

Ley Concursal

La Ley Concursal, que perfecciona la reforma efectuada mediante Real Decreto-Ley 2/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, tiene por objetivo la agilización, simplificación y abaratamiento del procedimiento concursal; la profundización de las alternativas al concurso a través de los institutos preconcursales y la rectificación de algunos aspectos de la actual regulación que han generado problemas prácticos y dudas interpretativas.

La Sección Especial para la reforma concursal de la Comisión General de Codificación del Ministerio de Justicia, en la que participaron 17 expertos jurídicos y económicos, ha elaborado la propuesta que ha servido de base para esta reforma. El proyecto, a partir de los principios esenciales de la vigente Ley, se propone normalizar el papel del concurso y constituirlo como un instrumento al servicio de la viabilidad de las empresas y no sólo como fórmula para su liquidación cuando entran en dificultades.

Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

A través de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social los tribunales de este orden jurisdiccional asumirán todos los asuntos relativos a accidentes laborales, seguridad e higiene en el trabajo y vulneración de derechos en el ámbito laboral, especialmente acoso y discriminación. De esta manera se evitará el peregrinaje jurisdiccional en casos que ahora concluyen en procesos paralelos en los juzgados de lo Social, Civil o en el Contencioso-administrativo, y, al clarificar el orden judicial competente, se mejora la tutela judicial efectiva, lo que representa mayor seguridad  para el mercado laboral, más transparencia y menor gasto para empresas y trabajadores. Quedan al margen los casos penales, litigios sobre recaudación de la Seguridad Social y las excepciones derivadas de los procesos concursales.

Ley de Medidas de Agilización Procesal


La Ley  de Medidas de Agilización Procesal está destinada a agilizar y facilitar el funcionamiento de los tribunales civiles y contencioso-administrativos, dos órdenes jurisdiccionales fundamentales para la actividad económica. La norma introduce reformas orientadas fundamentalmente a la simplificación y supresión de trámites innecesarios y, también, a impedir la dilación deliberada del proceso o limitar el uso desproporcionado de instancias judiciales. Para ello, racionaliza los procesos y mejora el sistema de recursos extraordinarios. Las medidas tienen como objetivo principal mejorar la respuesta de juzgados y tribunales, dentro del contexto general de reforma de la legislación procesal, para lograr una administración de Justicia más ágil, moderna y eficaz.

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