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21/01/2012 11:13:00 Consejo de Ministros ECONOMÍA Y FISCALIDAD 5 minutos

Informe sobre los resultados del consejo de política fiscal y financiera

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas sobre los resultados del Consejo de Política Fiscal y Financiera, celebrado el pasado 17 de enero de 2012, por el que se adoptan medidas extraordinarias en materia de política financiera y se analizan los principales elementos de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Presupuestaria de las Administraciones Públicas.

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas sobre los resultados del Consejo de Política Fiscal y Financiera, celebrado el pasado 17 de enero de 2012, por el que se adoptan medidas extraordinarias en materia de política financiera y se analizan los principales elementos de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Presupuestaria de las Administraciones Públicas.

El Estado y las Comunidades Autónomas son conscientes de que el respeto al principio de estabilidad presupuestaria es un elemento esencial para facilitar el acceso a la financiación y contribuir así a la creación de riqueza y empleo en España. Además, el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria es necesario para alcanzar los compromisos adquiridos con la Unión Europea.
 
A su vez, el Estado es consciente de que la inestabilidad de los mercados ha supuesto un incremento extraordinario de los costes financieros que soportan las comunidades autónomas.
 
Estabilidad presupuestaria
 
En materia de estabilidad presupuestaria, las Comunidades Autónomas manifiestan su firme compromiso con la estabilidad de las finanzas del conjunto de las Administraciones públicas y apoyan las líneas maestras de la nueva Ley de Estabilidad Presupuestaria que se resumen en que, al finalizar el periodo transitorio que se establezca en la Ley Orgánica que desarrolla el artículo 135 de la Constitución, deberán presentar equilibrio o superávit, con un límite un déficit estructural máximo del 0,4 por 100 del PIB y un límite de deuda que no podrá superar el 60 por 100 del PIB.
 
Además, las Comunidades Autónomas consideran adecuada la incorporación, en la normativa de estabilidad de desarrollo del artículo 135 de la Constitución, de un techo de gasto y una regla sobre la evolución del gasto autonómico en línea con la normativa y la metodología acordada en el ámbito comunitario.
 
Igualmente, consideran adecuada la incorporación de la normativa comunitaria de sanciones por posible incumplimiento de los objetivos de estabilidad, que atenderán al principio de gradualidad en función de la reiteración y/o la magnitud de la desviación.
 
Ejercicio 2012
 
Por lo que se refiere al ejercicio 2012, elaborarán los presupuestos, o ejecutarán los mismos en el caso de estar ya aprobados, teniendo en cuenta que los ingresos derivados del sistema de financiación y el resto de recursos de las comunidades autónomas se verán condicionados por el escenario económico.
 
En materia de eficiencia de los servicios públicos, las Comunidades Autónomas emprenderán las actuaciones que sean necesarias para su mejora, de manera que se eviten duplicidades en la actuación de las Administraciones Públicas y llevarán a cabo los compromisos que se adopten en materia de reordenación y racionalización del sector público autonómico.
 
Transparencia
 
En materia de transparencia, se ha propuesto que remitan trimestralmente al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas información de la evolución de la tesorería y de los saldos pendientes de pago a proveedores, así como información de la ejecución de los planes de restructuración del sector público.
 
También se ha propuesto que remitan puntualmente la información que resulte necesaria para dar cumplimiento a la normativa de la Unión Europea y acompañarán sus presupuestos de la información precisa para establecer la equivalencia entre el presupuesto y el déficit o superávit en términos de contabilidad nacional. Además, los presupuestos recogerán información sobre necesidad de endeudamiento, inversiones de las empresas públicas, datos de evolución de la deuda pública, avales otorgados y obligaciones no imputadas al presupuesto y compromisos de gasto derivados de la utilización de fórmulas de pago aplazado.
 
Compromisos
 
La Administración General del Estado se compromete:
 
En materia de sistema de financiación, a adelantar en 2012 el 50 por 100 del importe estimado de las liquidaciones de los recursos del sistema de financiación a favor de las Comunidades Autónomas que lo soliciten. También, a aplazar hasta un máximo de total de 120 mensualidades el reintegro pendiente de las liquidaciones negativas del sistema de financiación correspondientes a los ejercicios 2008 y 2009 para las Comunidades Autónomas que lo soliciten y acuerden con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas un programa de ajuste.
 
En materia de política financiera, el Estado se compromete a prorrogar y ampliar la moratoria en el cumplimiento de los límites previstos en la Ley Orgánica 8/1980, de financiación de las Comunidades Autónomas, que consisten en la obligación de destinar el importe total del crédito a la realización de gastos de inversión y que el importe total de las anualidades de amortización, por capital e intereses, no exceda del 25 por 100 de los ingresos corrientes de la Comunidad Autónoma.
 
A establecer una línea ICO para la financiación de pagos a proveedores que no se hayan podido financiar debido a la situación de los mercados financieros para las comunidades autónomas que lo soliciten.
A promover la creación de un mecanismo de financiación de carácter voluntario y extraordinario que permita a las comunidades autónomas que lo soliciten y acuerden un programa de ajuste con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas acceder a la financiación necesaria para alcanzar los objetivos de estabilidad y las refinanciaciones de sus vencimientos a los menores costes.
Acuerdos
 
En desarrollo de lo anterior, en el Consejo de Política Fiscal y Financiera se acordó lo siguiente:
  1. Convocar el grupo de trabajo para el desarrollo de las competencias del Consejo de Política Fiscal y Financiera atribuidas por la Ley de Estabilidad Presupuestaria para analizar el texto de la nueva ley orgánica.
  2. Convocar el grupo de trabajo de eficiencia del gasto público.
  3. Convocar el Comité Técnico Permanente de Evaluación del sistema de financiación.

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