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16/03/2012 16:33:00 Ministerio de Justicia ADAPTACIÓN A LA NORMATIVA EUROPEA 1 minuto

Aprobados dos nuevos Reles Decretos-ley para adaptar la legislación española a sendas Directivas comunitarias

El Consejo de Ministros ha aprobado dos Reales Decretos Ley con los que se adapta la legislación española a sendas Directivas comunitarias. La primera norma afecta a los contratos para el uso de bienes turísticos por turno, popularmente conocidos como multipropiedad. El segundo Real Decreto Ley que ha aprobado hoy Gobierno simplifica la obligación de informar y documentar las fusiones y escisiones de las sociedades de capital.

El Consejo de Ministros ha aprobado dos Reales Decretos Ley con los que se adapta la legislación española a sendas Directivas comunitarias.

Multipropiedad


La primera norma afecta a los contratos para el uso de bienes turísticos por turno, popularmente conocidos como multipropiedad. Con esta adaptación se busca elevar el nivel de protección de los consumidores y se mejora la regulación del uso de los bienes inmuebles por turnos. La Directiva también afecta a otros bienes tales como barcos, caravanas o cruceros cuando sean utilizados como alojamientos durante más de un periodo de ocupación.

Así, por ejemplo, se amplía de diez a catorce días el periodo de reflexión durante el cual el cliente puede desvincularse del contrato suscrito. Además, queda prohibido cualquier pago anticipado o reserva de dinero a cuenta antes de que concluya el citado periodo de catorce días. En los productos vacacionales de larga duración el consumidor podrá rescindir el contrato a partir del segundo plazo sin incurrir en penalización. Entre otras novedades, el Real Decreto Ley contempla que la duración mínima del contrato de bienes turísticos por turnos pasa a ser de un año, en lugar de los tres de la anterior legislación.

Fusiones y escisiones de las sociedades de capital


El segundo Real Decreto Ley que ha aprobado hoy Gobierno simplifica la obligación de informar y documentar las fusiones y escisiones de las sociedades de capital que, a partir de la entrada en vigor de esta Directiva comunitaria, podrá realizarse a través de la página web de las sociedades afectadas.

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