La secretaria general para la Administración Pública ha firmado las instrucciones para la aplicación del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)en el ámbito de la Administración General del Estado (AGE) y sus Organismos Públicos.
Las instrucciones generales contienen los criterios de interpretación necesarios para logar una actuación coordinada y homogénea sobre los preceptos del Estatuto que están en vigor, y por tanto directamente aplicables, así como los preceptos de la normativa de función pública que permanecen vigentes hasta que se apruebe la Ley de Función Pública de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos.
Establecen, por tanto, la normativa hasta la promulgación de la Ley de Función Pública de la AGE, los preceptos del EBEP directamente aplicables y los que entrarán en vigor entonces, las normas referentes al personal laboral y a los funcionarios interinos, permisos y vacaciones, provisión de puestos de trabajo y otros puntos como el código de conducta o el régimen disciplinario.
Instrucciones sobre reconocimiento de trienios a funcionarios interinos
Otras instrucciones, en este caso conjuntas del Ministerio de Administraciones Públicas y de Economía y Hacienda, firmadas por la secretaria general para la Administración Pública y por el secretario general de Presupuestos y Gastos, determinan la aplicación del artículo 25 del Estatuto Básico del Empleado Público sobre reconocimiento de trienios a los funcionarios interinos por los servicios prestados.