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29/04/2014 06:25:00 Redacción NJ Justicia universal 4 minutos

España ya no puede perseguir el tráfico de drogas por personas extranjeras, detenidas en aguas internacionales en barcos de pabellón no español

El pleno de la Sala de lo Penal de la AN establece que tras la reforma de la justicia universal introducida por la Ley Orgánica 1/2014, España no podrá perseguir el delito de narcotráfico cuanto éste sea cometido por personas extranjeras, detenidas en aguas internacionales y que naveguen en barcos de pabellón no español. Debe quedar, además, acreditado que el destino de la mercancía no es España.

El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado, por 13 votos a favor y tres en contra, la excarcelación de 13 presuntos narcos que se encuentran en prisión a la espera de juicio tras ser arrestados en aguas internacionales en un barco sin pabellón español que transportaban droga, han informado fuentes jurídicas.

Los magistrados han decidido por mayoría que, tras la reforma de la justicia universal introducida por la Ley Orgánica 1/2014,, España no podrá perseguir el delito de narcotráfico cuanto éste sea cometido por personas extranjeras, detenidas en aguas internacionales y que naveguen en barcos de pabellón no español. Debe quedar, además, acreditado que el destino de la mercancía no es España, han agregado las mismas fuentes.

La reciente reforma de la justicia universal establece que los tribunales españoles sólo tendrán jurisdicción para investigar la comisión del delito de tráfico de estupefacientes por mar cuando el procedimiento se dirija contra un español, el barco lleve pabellón nacional o cuando existan indicios de que un grupo criminal quiere cometerlo en España.

Opiniones disidentes

La decisión ha contado con la oposición del presidente de la Sala de lo Penal, Fernando Grande Marlaska, la presidenta de la Sección Segunda, Concepción Espejel, y el magistrado Ángel Hurtado. Supone la inmediata puesta en libertad de 13 marroquíes que viajaban en un barco sin pabellón interceptado el 31 de mayo de 2013 en el Mar de Alborán con 16 toneladas de hachís a bordo. La Fiscalía Antidroga pedía en su contra 6 años y dos meses de prisión por la comisión de delitos contra la salud pública.

Marlaska, Espejel y Hurtado defienden que la justicia española es competente para perseguir estos delitos en función del artículo 23.4 d de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), incorporado en la nueva reforma, que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 14 de marzo.

Este precepto establece que los tribunales españoles podrán perseguir los "delitos de piratería, terrorismo, tráfico ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, trata de seres humanos, contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y delitos contra la seguridad de la navegación marítima que se cometan en los espacios marinos, en los supuestos previstos en los tratados ratificados por España o en actos normativos de una Organización Internacional de la que España sea parte".

16 narcos han sido ya puestos en libertad

Los jueces de la Audiencia Nacional Fernando Andreu y Javier Gómez Bermúdez dejaron en libertad hace unas semanas a otros 16 tripulantes extranjeros, detenidos también cuando transportaban droga por mar. Ambos alegaron que, de acuerdo con los nuevos criterios legales, "no es posible considerar que los tribunales españoles tengan jurisdicción para la instrucción y enjuiciamiento" de la comisión de un delito de tráfico de estupefacientes en aguas internacionales.

Los 16 magistrados presentes este lunes en el Pleno han estudiado también si debían avalar una de estas dos decisiones, la tomada por Gómez Bermúdez respecto a otros 8 sirios puestos en libertad hace unas semanas tras considerar el juez que la reforma de la justicia universal impedía perseguir el delito en España.

En este caso el Pleno ha suspendido la deliberación sin decidir al respecto y ha reclamado al magistrado instructor que le aporte el expediente completo de la causa tras conocer que existen datos que relacionan el delito con personas de nacionalidad española.

Según los datos aportados por el juez ponente Julio de Diego, el Juzgado número 7 de Málaga, que se encargó de las detenciones antes de inhibirse a favor de la Audiencia Nacional, recibió una solicitud policial de intervención de número de teléfono españoles.

Recurso de la Fiscalía

La Fiscalía Antidroga recurrió las excarcelaciones ordenadas por Andreu y Gómez Bermúdez y defendió la competencia de los tribunales españoles para juzgar a los marineros arrestados en aplicación de la Convención de Viena contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes.

El Ministerio Público indicaba que, en su artículo 17, este texto establece "la necesaria cooperación entre los Estados firmantes para eliminar el tráfico ilícito por mar" lo que, en su opinión, obligaría a España a juzgarles.

Dudas sobre siete sirios

El Pleno no ha ordenado, sin embargo, la puesta en libertad inmediata de siete sirios que fueron interceptados cuando viajaban en el barco 'Moonlight' con bandera de Sierra Leona que se dirigía a Alejandría y que se encuentran también en prisión preventiva a la espera de juicio. La embarcación fue detectada el 28 de septiembre de 2013 a 32 millas de Castell de Ferro (Granada) cuando viajaba con 479 fardos con pastillas de hachís a bordo.

En este caso los jueces que integran el Pleno han considerado que debe clarificarse el punto exacto en el que se produjo su detención, llevada a cabo en el Mar de Alborán, antes de descartar la competencia de la jurisdicción española. El Servicio de Vigilancia Aduanera ha aportado una información complementaria en la que se asegura que no está claro que el arresto se produjera en aguas internacionales, han informado las mismas fuentes. (EUROPA PRESS)

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