El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, anunció ayer martes en el Senado una batería de reformas legislativas para adaptar la normativa vigente a la necesidad de mejorar y agilizar la respuesta judicial a los secuestros de menores a cargo de sus padres, tanto los que suceden cuando el progenitor se lleva al niño fuera de España como cuando ha sido trasladado a este país desde un tercer Estado.
Entre las medidas anunciadas figuran la creación de una declaración judicial de ilicitud que sirva para probar en otro país que un menor ha sido sustraído de España y la elaboración de una ley de cooperación cooperación jurídica internacional en lo Civil para proteger a quienes han acabado en el país contra la voluntad de uno de sus padres. España es el quinto país del mundo con más casos de este tipo, sólo por detrás de Estados Unidos, Reino Unido, México y Alemania.
Gallardón respondía así a una interpelación planteada por el senador del Grupo Vasco José María Cazalis, quien ha puesto sobre la mesa muchos de los problemas que plantea la sustracción internacional de menores, como "el calvario que sufren las víctimas cuando los países tienen legislaciones diferentes" o los "obstáculos insalvables cuando no tienen recursos para conseguir solucionar la situación".
El senador ha elevado algunas propuestas incidiendo especialmente en la necesidad de que prime el interés superior del menor sobre el de los progenitores, entre ellas, que "todas las sustracciones se consideren delito, sin excepciones" y que sean consideradas actos "de violencia de género o violencia de familia, como actos de maltrato psicológico" para que los niños puedan gozar de la protección que el sistema brinda en estos casos.
Declaración de ilicitud de traslado del menor
Para los casos en que el menor haya sido sustraído de España, que son los más frecuentes, Gallardón ha explicado que el anteproyecto de ley de Jurisdicción Voluntaria crea una "declaración de ilicitud de traslado emitida por autoridades judiciales españolas" pensada para cuando un menor residente en España es trasladado al extranjero, "que va a servir para que las autoridades de ese Estado en el que se encuentre el menor pueda dar la orden para su restitución con una medida cautelarísima".
En estos supuestos, ha señalado además, que tanto el anteproyecto de Ley de Corresponsabilidad Parental, que introduce "garantías para prevenir que fueran ser trasladados por un progenitor contra el otro infringiendo el régimen de custodia", como el anteproyecto Ley de Protección de la Infancia, que posibilita "que puedan ser las entidades públicas las que soliciten las medidas cautelares preventivas" como prohibición de aproximación al menor, paliarán el volumen de casos.
Menores desplazados a España desde otro país
Por otra parte, en relación a los menores desplazados desde otro país a España contra la voluntad de uno de sus progenitores, ha anunciado una nueva Ley de cooperación jurídica internacional en materia Civil, para cuya elaboración ya se ha conformado un grupo de expertos que "ha prometido elevar un borrador de anteproyecto en un plazo razonable con idea de aprobar este texto esta legislatura".
Según ha explicado, "está pensada para que los menores sustraídos que estén en España y a quienes no sea aplicable un convenio internacional o las disposiciones de la Unión Europea no queden desasistidos", actualizará la figura jurídica que permite a España dar o no validez a una sentencia de un tribunal extranjero, y buscará la "agilización" a fin de que "las medidas cautelarísimas se apliquen inmediatamente y que no se den obstáculos procesales que hagan inútil la resolución judicial, por muy justa que esta sea".
En este ámbito incluye cambios también el citado anteproyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria pues, conforme ha señalado Ruiz-Gallardón, mantener la sustracción de menores dentro de este ámbito permite sacar los casos de los procesos contenciosos de familia, lo que permite "agilizar" los trámites.
Además, contempla otros cambios, como que sea el Juzgado de Primera Instancia de la circunscripción donde se halle el afectado el competente en el caso, para promover la especialización y fijar un plazo máximo de resolución que no supere las seis semanas. Regula además medidas cautelares que incluyen la posibilidad de establecer un régimen de estancia provisional con el progenitor que está reclamando al menor.
El ministro ha justificado las medidas por el "incremento considerable de hijos cuyos progenitores tienen diferente nacionalidad" derivado de la inmigración que se ha producido en España, lo que "aumenta los casos en que uno altera sin consentimiento del otro el país de residencia". (EUROPA PRESS)