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22/05/2014 08:21:00 Redacción NJ Notas de prensa 3 minutos

El TEDH dictará en breve dos importantes sentencias

El TEDH tiene previsto dictar en los próximos días sendas sentencias sobre sobre la licitud de la grabación videográfica hecha por detectives de la aseguradora a la víctima de un accidente de tráfico para acreditar las secuelas que padece y sobre el despido de un ex sacerdote que fue cesado de su puesto de profesor de religión tras conocerse que había contraido matrimonio civil.

El TEDH tiene previsto dictar en los próximos días sendas sentencias sobre varios temas de interés.

Grabación de los detectives de una aseguradora a la víctima de un accidente de tráfico

En primer lugar el TEDH dictaminará el próximo martes sobre el recurso presentado por un ciudadano de Sevilla víctima de un accidente de tráfico al que los detectives de una aseguradora grabaron montando en moto. El vídeo se utilizó en su contra durante la vista por reclamación de daños que el hombre interpuso alegando sufrir una lesión neurológica que le impedía conducir.

El reclamante considera que la actuación de los tribunales al aceptar contra él esta prueba que fue realizada sin su consentimiento vulnera el artículo 8 del Convenio europeo de derechos humanos, que protege la privacidad y el derecho a la propia imagen.

Esta persona fue atropellado en 1997 por un vehículo mientras circulaba en bicicleta y reclamó daños y perjuicios por las consecuencias que sufría desde el golpe, en concreto la lesión que le impedía conducir. Durante la tramitación de esta reclamación la compañía de seguros aportó un vídeo -registrado por detectives privados- en el que podía verse a este vecino conducir en motocicleta.

La Audiencia Provincial de Sevilla consideró válida la prueba al entender que las circunstancias que rodearon las grabaciones no interfirieron en la conducta del reclamante y eran justificadas respecto al objetivo perseguido por la compañía de seguros.

Ex sacerdote despedido del puesto de profesor de religión 

Por otra parte, el Tribunal notificará el próximo 12 de junio la sentencia sobre el caso de un excura español, casado y profesor de Religión, que fue despedido por el obispo de la diócesis del instituto en el que impartía la asignatura cuando hizo pública su condición de exsacerdote.

El demandante en este caso, nacido en 1937, fue ordenado sacerdote en 1961 y en 1984, solicitó al Vaticano la dispensa del celibato, que le fue concedida en 1997. Se casó en una ceremonia civil en 1985, y él y su esposa tienen cinco hijos. Enseñó religión y ética en una escuela pública desde octubre de 1991.

En noviembre de 1996 un diario local publicó un artículo sobre el 'Movimiento por el celibato opcional' al que se adjuntaba una foto del actor en una reunión del movimiento, junto con su esposa y sus cinco hijos. El artículo incluía comentarios de algunos participantes proclamando su desacuerdo con la posición de la Iglesia sobre el aborto, el divorcio, la sexualidad y la anticoncepción.

El 29 de septiembre de 1997, la Diócesis de Cartagena informó al Ministerio de Educación su intención de no renovar el contrato del profesor para el curso 1997/98, ante lo que el actor apeló al Tribunal de Murcia, que falló que había sido objeto de discriminación a causa de su estado civil y su pertenencia al movimiento.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional puso de relieve el papel especial de los profesores de educación religiosa en España y decidió que las razones para no renovar el contrato del demandante habían sido puramente religiosas.

Basándose en particular en el artículo 8 de la Convención (derecho al respeto a la vida privada y familiar) el demandante se quejó de haber sido objeto de discriminación. La solicitud fue presentada ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos el 11 de diciembre de 2007 que, el 15 de mayo de 2012, consideró que no había habido violación del artículo 8. El 24 de septiembre de 2012 el grupo de la Gran Sala aceptó la petición del demandante de que el caso se remitirá a la 'Grand Chambre'.

La Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo dictó sentencia sobre este caso el pasado 2 de abril de 2014 y el próximo 12 de junio se notificará mediante ceremonia de lectura en la Sala del Tribunal de Estrasburgo. La resolución se podrá consultar en la página web del Tribunal a partir de las 10,00 horas de ese mismo día. (EUROPA PRESS)

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