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02/07/2014 10:15:00 Redacción NJ Notarios y Registradores 3 minutos

Los notarios denuncian disfunciones porque los registradores no les permiten el acceso a sus libros

El Consejo General del Notariado ha alertado este miércoles de los daños que está provocando a los ciudadanos que los registradores no permitan el acceso "on line" a los libros de los registros públicos, incumpliendo el mandato legal.

El colectivo ha realizado la denuncia en el editorial de la revista del Notariado, advirtiendo que "uno de los problemas clásicos de nuestro mercado inmobiliario ha sido el de la opacidad". Recuerdan que ante esta situación en 2001 se aprobó una intensa modificación de la legislación hipotecaria y notarial, "determinándose el sistema a través del cual registradores y notarios debían usar las nuevas tecnologías".

Dicha medida se acompañó de la necesidad de que el notario en su condición de funcionario público pudiera acceder al contenido de los libros del registro y conocer la situación real del inmueble cuya compraventa iba a autorizar".

La medida, además de ser racional desde un punto de vista económico, "conllevaba un ahorro de costes directos e indirectos evidente", ya que el interesado en inscribir su inmueble no debía desplazarse, o utilizar a terceros para tal fin.

Además, "favorecía en sí mismo la seguridad jurídica, pues la transmisión de la compraventa del inmueble se realizaba de modo consecutivo e inmediato a la autorización de la correspondiente escritura, sin que hubiera gaps temporales en los que pudiera acceder al registro una carga o cualquier otra situación desconocida para el comprador".

Resistencia de los Registradores

Sin embargo, "fruto de una resistencia corporativa registral", según denuncian los notarios, no se aplicó aquella ley ni en lo relativo a la presentación telemática ni al acceso telemático al contenido de los libros.

"Hubo de esperarse a un nuevo impulso legislativo (2005) para que se consiguiera, al menos, que la presentación telemática fuera posible, de modo que el 26 de julio de 2006 (cinco años después) se presentó telemáticamente el primer título en un registro mercantil".

Pero denuncian que el acceso telemático al contenido de los libros, 13 años después de que se decidiera por el legislador, sigue sin ejecutarse. "Dicha inejecución tiene consecuencias negativas para el ciudadano, y si no se producen más es gracias al voluntarismo del notario", añaden en la publicación corporativa.

Así, advierten que los errores existen y prueba de ello es la reciente sentencia del Tribunal Supremo condenó a un notario porque, "por su condición de garante esencial de nuestro sistema de seguridad jurídica, debe proporcionar al comprador una certeza integral acerca de la situación jurídica del inmueble".

A este respecto, advierten que en dicha resolución el alto tribunal no reparó en que el sistema español es normativamente perfecto "si se aplicara la ley, pues el notario sería responsable de tal certeza integral si pudiera acceder "on line" al contenido de los libros del registro, como sucede en Europa o en España con Catastro". Y no lo es, "porque ningún Ejecutivo desde 2002 se ha preocupado en exigir que la Ley se cumpla", lamentan.

Finalmente, los notarios afirman que en Europa este problema no existe. "En Holanda o Reino Unido, por citar dos ejemplos, con sistemas de transmisión de la propiedad diversos, el acceso telemático al contenido de los respectivos registros es una realidad". Este se encuentra perfectamente informatizado y es posible conocer on line la titularidad y cargas del inmueble que se va a transmitir -concluyen-. Y, lo más importante, el Estado garantiza que ése y no otro sea el sistema, porque beneficia a los ciudadanos y al mismo Estado".

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