El PP ha recurrido ante el Tribunal Constitucional dos artículos de la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional. Los populares consideran que es inconstitucional alargar el mandato de tres años del presidente del Tribunal, aunque el cumplimiento del plazo no coincida con el momento de la renovación de los miembros de esta institución (art. 16.3), y tienen igual opinión del artículo 16.1, que permite a las comunidades autónomas participar en la elección de los cuatro magistrados que designa el Senado. El PP cree que la modificación legal “desapodera” y “limita” las competencias constitucionales del Senado y de los senadores al impedir que designen sin cortapisas a los magistrados que crean oportuno.
La segunda impugnación considera inconstitucional la transformación en ley de lo que ya era una práctica habitual en este órgano. Cuando se cumplen los tres años de mandato del presidente y aún faltan unos meses para la renovación de sus miembros, la institución prorroga de forma automática la presidencia por ese periodo, lo que ocurre ahora con María Emilia Casas.
Noticias JurídicasOrigen https://noticias.juridicas.com