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25/01/2007 06:30:00 Redacción NJ NUEVA IMPUGNACIÓN 2 minutos

El Supremo admite la nueva impugnación del nombramiento de Gómez Bermúdez

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una providencia en la que tiene por planteado el incidente de ejecución de sentencia planteado por el magistrado José Ricardo de Prada contra el tercer nombramiento de Javier Gómez Bermúdez como presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una providencia en la que tiene por planteado el incidente de ejecución de sentencia planteado por el magistrado José Ricardo de Prada contra el tercer nombramiento de Javier Gómez Bermúdez como presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

El incidente de ejecución de sentencia se presenta al entender que el presidente del alto tribunal y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Francisco José Hernando, no debió participar en la votación del nombramiento de Gómez Bermúdez, porque su mandato expiró el pasado 7 de noviembre, fecha en la que tenía ser renovado el órgano de gobierno de los jueces.

El magistrado de la Audiencia Nacional en la actualidad destinado en servicios especiales en Sarajevo también argumenta que el Consejo incumplió el deber de motivar del nombramiento, puesto que "no se evaluaron en absoluto los méritos de los candidatos no incluidos en la terna", como era su caso.

A su juicio, "si no hay evaluación de méritos de todos los candidatos, no hay motivación real, sino sólo parcial para los tres elegidos de la terna" elevada por la Comisión de Calificación, que fueron el propio Javier Gómez Bermúdez, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, Baltasar Garzón, y el juez de la Sala de lo Penal de la Audiencia Alfonso Guevara.

José Ricardo de Prada pide al Supremo que anule el tercer nombramiento, aprobado por el Pleno del CGPJ el pasado día 17, y que se vuelva a repetir la votación sin la participación de Hernando por estar "legalmente cesado" en su cargo. En este sentido, explica que el artículo 115.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dice que "'el Consejo saliente continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Consejo', pero no existe una disposición anóloga en cuanto a la figura del presidente".

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