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20/10/2008 04:07:00 Ministerio de Justicia EXTRADICIÓN 2 minutos

El Gobierno solicitará a Argentina la extradición de Rodríguez Menéndez

El reclamado está condenado por un delito contra la intimidad y 4 contra la Hacienda pública, a los que se suma ahora un presunto delito de quebrantamiento de condena.

A propuesta del ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, el Consejo de Ministros acordó el pasado viernes solicitar a Argentina la extradición de José Emilio Rodríguez Menéndez.

Como se recordará, el abogado fue detenido el pasado 9 de octubre en Buenos Aires,  ciudad a la que se había desplazado tras fugarse de España en el mes de agosto aprovechando un permiso concedido por el juez de vigilancia penitenciaria.

El reclamado cumplía una pena en la cárcel de Teixeiro (A Coruña). Condenado en 2004 por un delito contra la intimidad, protagonizó una fuga, también a Buenos Aires, antes de comenzar a cumplir la pena de cárcel pendiente, que en 2006, una vez reingresado en prisión, se comenzó a ejecutar.

A esta pena de prisión se unió la impuesta en octubre de 2006 por la comisión de  cuatro delitos consumados de defraudación a la Hacienda Pública, estableciéndose por ellos como límite máximo el de 7 años y 6 meses, en aplicación del artículo 70 del Código Penal.

Las Secciones 1 y 17 de la Audiencia Provincial de Madrid han solicitado al Gobierno el 10 y 13 de octubre que tramite las peticiones correspondientes de extradición a las autoridades argentinas. Previamente, la Audiencia Provincial de Madrid Sección Primera comunicó al Juzgado de Instrucción Decano de Betanzos (La Coruña) el no reingreso del interno a la cárcel por si los hechos podían constituir un delito de quebrantamiento de condena del artículo 468.1 del Código Penal.

Por su parte, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Betanzos ha solicitado que se interese de las autoridades argentinas la extradición por un delito de quebrantamiento de condena.

Conforme al artículo 2 del Convenio de Extradición con Argentina (de 3 de marzo de 1987)  dan lugar a extradición los hechos sancionados con una pena privativa de libertad cuya duración máxima no sea inferior a 1 año.

Aunque en el convenio de extradición entre España y Argentina se establece un plazo máximo de 40 días desde la detención para que las autoridades requeridas reciban la solicitud formal de extradición por escrito y por la vía diplomática, el Ministerio de Justicia  ha acelerado al máximo los trámites debido a la trascendencia social de este caso.

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