Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulaci髇 A閞ea

Ficha:
  • 觬ganoMINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
  • Publicado en BOE n鷐. 17 de 19 de Enero de 2002
  • Vigencia desde 20 de Enero de 2002. Revisi髇 vigente desde 17 de Junio de 2021
Versiones/revisiones:
(20)

Se considera que son 玬edios de comunicaci髇 inmediata las l韓eas telef髇icas directas o teletipos, circuitos directos de radiotelefon韆 o, cuando no se disponga de 閟tos, los tel閒onos o teletipos conectados a una central de comunicaci髇.

Ver Texto
(21)

Se considera que son 玬edios de comunicaci髇 r醦idos y seguros el tel閒ono, el teletipo, los enlaces radiotelef髇icos directos o indirectos o, cuando no se disponga de 閟tos, la radiotelegraf韆.

Ver Texto
(22)

V閍se 9.2.4.2. (1).

Ver Texto
(23)

El n鷐ero de brigadas y los medios que se necesitan como m韓imo para realizar la b鷖queda y salvamento en una regi髇 de b鷖queda y salvamento se determinan mediante acuerdos regionales de navegaci髇 a閞ea y est醤 especificados en las correspondientes publicaciones de los planes de navegaci髇 a閞ea.

Ver Texto
(24)

Al seleccionar el equipo para las brigadas de salvamento es importante tener debidamente en cuenta las dimensiones y el n鷐ero de plazas de las aeronaves modernas.

Ver Texto