Resolución de 14 de marzo de 2008, del Director General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se acuerda la formación de una lista de espera general para el acceso en alquiler a Viviendas Protegidas vacantes gestionadas por la Sociedad Municipal de Rehabilitación Urbana de Zaragoza.
- Órgano: Comunidad Autónoma de Aragón.
- Publicado en BOA núm. 41 de 9 de abril de 2008
- Vigencia desde 9 de abril de 2008. Esta revisión vigente desde 9 de abril de 2008.
- Notas
La Ley 24/2003, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de política de vivienda protegida, modificada por Ley 9/2004, de 20 de diciembre, y el Reglamento del Registro de solicitantes de vivienda protegida y de adjudicación de viviendas protegidas de Aragón, aprobado mediante Decreto 80/2004, de 13 de abril, regulan los procedimientos de adjudicación de las viviendas protegidas de Aragón.
Con objeto de disponer de reservas para adjudicar las viviendas protegidas vacantes o que puedan quedar vacantes, gestionadas por la SMURZ y destinadas a alquiler, resulta necesario formar una lista de espera general, prevista en el artículo 50.3 del Reglamento del Registro de solicitantes de vivienda protegida, en el municipio de Zaragoza. La competencia para formar la lista, de acuerdo con el mencionado precepto, corresponde al Director General de Vivienda y Rehabilitación, si bien la gestión de la misma se atribuye a la propia SMURZ, de acuerdo con los artículos 26, 27.2 y 33.2 del Reglamento mencionado y el Acuerdo de 24 de febrero de 2006 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Zaragoza, por el que se encomienda a la SMURZ con carácter general el inicio, tramitación y resolución de los procedimientos de adjudicación de viviendas protegidas promovidas y/o gestionadas por dicha Sociedad.
Por todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 del Reglamento del Registro de solicitantes de vivienda protegida y los artículos 6 y 10 de la Orden de 8 de marzo de 2005, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se fijan los criterios para la aplicación de los artículos 37 y 50 del Reglamento del Registro de solicitantes de vivienda protegida y de adjudicación de viviendas protegidas de Aragón, aprobado mediante Decreto 80/2004, de 13 de abril, resuelvo:
Formar lista de espera general para el acceso en alquiler en el ámbito municipal de demanda de Zaragoza a las Viviendas Protegidas vacantes gestionadas por la SMURZ.
Formarán parte de la lista de espera las unidades de convivencia inscritas en el Registro de solicitantes de vivienda protegida que cumplan los siguientes requisitos:
Tener aceptada mediante Resolución de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación la inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida de Aragón a día 13 de marzo de 2008
Haber seleccionado como modalidad de demanda el régimen de alquiler y como ámbito de demanda la comarca de Zaragoza, el municipio de Zaragoza o cualquier ámbito inframunicipal incluido dentro del término municipal de Zaragoza.
Formar parte de una unidad de convivencia que disponga de unos ingresos comprendidos entre un mínimo de la cantidad correspondiente a una pensión no contributiva del último ejercicio fiscal disponible (Pensión No Contributiva) y un máximo de 2,5 veces el IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples).
La vigencia de la lista de espera será de dos años contados desde el día de la realización del sorteo. A lo largo de su vigencia, las solicitudes inscritas con posterioridad al 7 de enero de 2008 irán incorporándose a la lista, siguiendo el mismo orden cronológico de su inscripción.
La gestión de la lista de espera corresponde a la Sociedad Municipal de Rehabilitación Urbana de Zaragoza.
Tratándose de la adjudicación de viviendas adaptadas para minusválidos con movilidad reducida permanente, se adjudicarán en todo caso a los solicitantes incluidos en la lista de espera que reúnan dicha condición y, en su defecto, a cualesquiera minusválidos distintos de los anteriores.
El sorteo para la formación de las listas tendrá lugar en la forma establecida en los artículos 6.3 y 10 de la Orden de 8 de marzo de 2005, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, antes del 30 de junio de 2008.
La lista de espera resultante del sorteo será publicada durante el plazo de un mes en el tablón de anuncios del Servicio Provincial de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de Zaragoza y en el del Ayuntamiento de Zaragoza.
La presente Resolución será publicada en el Boletín Oficial de Aragón.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse reclamación ante la Comisión de Reclamaciones de Vivienda Protegida en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 51 y 56.1 del Reglamento del Registro de solicitantes de Vivienda Protegida.
En Zaragoza a 14 de marzo de 2008.
El Director General de Vivienda y Rehabilitación,
José Luis Castellano Prats
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