Resolución de 21 de abril de 2003, de la Secretaria General Técnica, de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se da publicidad al Acuerdo de 10 de abril de 2003, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el expediente de adopción de Escudo Heráldico Municipal, del municipio de Navarredonda y San Mamés.
- Órgano: Comunidad Autónoma de Madrid.
- Publicado en BOCM núm. 111 de 12 de mayo de 2003 y BOE núm. 147 de 20 de junio de 2003
- Vigencia desde 12 de mayo de 2003. Esta revisión vigente desde 12 de mayo de 2003.
- Notas
El Ayuntamiento de Navarredonda y San Mamés inició expediente para la adopción de Escudo Heráldico Municipal, conforme al artículo 22.2.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y Decreto 30/1987, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se regula el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de banderas y escudos municipales.
La propuesta fue aprobada por la Asamblea Vecinal el 23 de febrero de 2002.
Los informes de la Real Academia de la Historia y de los Asesores de Heráldica (Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía) fueron solicitados el 13 de marzo de 2002. Los Asesores de Heráldica (La Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía) informaron el 21 de mayo de 2002 aprobándose dicho informe en acta del 28 de octubre de 2002, proponiendo nueva redacción.
El Ayuntamiento de Navarredonda y San Mamés aprobó la nueva redacción en Asamblea Vecinal el 21 de diciembre de 2002.
La Real Academia de la Historia no ha contestado hasta la fecha, por ello y de conformidad con el artículo 83 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se continúa la tramitación del expediente.
Consta asimismo informe favorable de la Dirección General de Relaciones Externas de la Consejería de Presidencia, emitido el 18 de marzo de 2003.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las normas establecidas en el artículo 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y el Decreto 30/1987, de 9 de abril.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administraciones Públicas, de conformidad con el artículo 41.l de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 9 del Decreto 68/2002, de 25 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, todo ello en relación con el Real Decreto 3351/1953, de 20 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Administración Local, previa deliberación del Consejo de Gobierno en reunión de fecha 10 de abril de 2003, acuerda:
Aprobar el Escudo Heráldico Municipal de Navarredonda y San Mamés, con la descripción siguiente:
Escudo: Escudo tajado, primero de oro, hoja de roble, en su color; segundo, de plata, un horno de carbón vegetal, humeante, en su color. Al timbre Corona Real Española.
Comunicar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Navarredonda y San Mamés. El presente acuerdo deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, produciendo sus efectos a partir del día de su publicación. También se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 21 de abril de 2003.
La Secretaria General Técnica,
Ángeles Huerta Bernardo.
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