Ley Foral 34/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2004.
- Órgano PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE NAVARRA
- Publicado en BON núm. 165 de 31 de Diciembre de 2003 y BOE núm. 17 de 20 de Enero de 2004
- Vigencia desde 01 de Enero de 2004. Esta revisión vigente desde 18 de Enero de 2005
TITULO III
De las operaciones financieras
CAPITULO I
Avales
Artículo 13 Avales
En los supuestos previstos en las leyes, el Gobierno de Navarra podrá otorgar avales por un importe total de 30.000.000 euros. Dentro de este límite, se autoriza al Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo a conceder avales a los proyectos de investigación, desarrollo e innovación, conforme a lo previsto en el Decreto Foral 360/2000, de 20 de noviembre, hasta una cuantía máxima de 1.500.000 euros por proyecto.
CAPITULO II
Endeudamiento
Artículo 14 Autorización para emitir Deuda Pública o concertar préstamos o créditos
Se autoriza al Gobierno de Navarra a concertar préstamos o créditos o emitir Deuda Pública, en las condiciones normales de mercado, con la limitación de que el saldo vivo a 31 de diciembre de 2004, no supere el correspondiente al 1 de enero de 2004.