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02/05/2020 12:28:47 DOCTRINA 14 minutos

Reivindicación del papel de los ayuntamientos en el escenario post-confinamiento

Ninguna otra Administración tiene la virtualidad de conocer, y poder llegar mejor a los ciudadanos de su respectivo territorio que los ayuntamientos y, por ende, de poder ofrecer las respuestas adecuadas a las concretas necesidades que en cada momento éstos manifiesten. Eficacia y eficiencia en la gestión de los recursos públicos se convierten pues, en las banderas de estos entes locales que, en un momento en que precisamente aquellos recursos escasean, los convierten en una herramienta que el sistema no se debiera permitir el gusto de infrautilizar.

Mª José Fdez. Fdez

Asesora Jurídica especializada en Derecho Admvo. Local.

 

De todos es conocido la vieja controversia ideológico-política y jurídica en torno a las ventajas e inconvenientes del estado descentralizado que la Constitución de 1978 ha diseñado para España.

Detractores y defensores de la centralización y descentralización han abogado, una y otra vez, desde hace años, por la necesidad de abordar, desde la política, pero haciendo partícipe a la sociedad en su conjunto, la necesaria modificación del que conocemos como el Estado de las Autonomías español. Para muchos, una invención a medio camino entre el típico estado descentralizado federal y el auténtico modelo de estado unitario o centralista que, en los albores de la democracia actual, parecía aplacar, al menos temporalmente y en parte, las ansias nacionalistas de unos y las centralizadoras de otros.

El Decreto Real Decreto 463/2020, declara el 14 de marzo, el estado de alarma en nuestro país, para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19; centraliza en manos del gobierno central competencias que, hasta el momento, eran propias de las Comunidades Autónomas y, como tales, venían siendo gestionadas por aquellas desde hace décadas.

Al margen de la conveniencia -desde el punto de vista ideológico -político- de una decisión tal, que no constituye en lo absoluto objeto de estudio en este artículo; lo cierto es que, por razones obvias, una medida tal se aventuraba, cuando menos, de difícil implementación práctica en tanto, por un lado; el ente estatal en sí mismo considerado parecía más solvente que las Comunidades Autónomas individualmente consideradas para hacer frente a la adquisición del material sanitario básico que se evidenciaba como necesario en un mercado mundial saturado. Pero, por otro; eran éstas; las propias Comunidades, las únicas que, a fecha de 14 de marzo; conocían realmente la situación del sistema público de salud en su respectivo territorio, las reservas de material sanitario con el que contaban para hacer frente a las necesidades que se avecinaban, las únicas acostumbradas a su gestión y  a proveerse, en el mercado, de ese tipo de material y las que, conocedoras de su respectivo territorio y población; mejor podían prever las zonas que podrían resultar más castigadas y adelantar una respuesta adecuada.

Los efectos perversos de esta dicotomía, propia del funcionamiento del referido estado autonómico, parecen haberse intentado solventar mediante el llamamiento continuado del gobierno central a la cooperación y coordinación con las Comunidades Autónomas; en lo que parece una apuesta por convertir lo que podría suponer una dificultad, en una herramienta útil en la lucha contra lo que ya se acierta a catalogar como la mayor crisis sanitaria y económica a la que se ve abocado el mundo desde la segunda Guerra Mundial.

El considerar que efectivamente se haya logrado el objetivo del ejecutivo central o no, y el reparto de “culpas” entre unos y otros partidos político al respecto, dependerá, entendemos, de la ideología que cada quien profese, por lo que constituye algo ajeno al interés de este artículo.

En lo que sí queremos profundizar en éste es en la relevancia de los que, hasta ahora mismo, han sido los grandes olvidados en la gestión de la actual crisis sanitaria; los ayuntamientos.

Lo que con este artículo pretendemos, en definitiva, no es tanto posicionarnos en el debate “recentralización versus descentralización”, sino simplemente, reivindicar y poner en valor el papel que los ayuntamientos podían haber tenido en la gestión de la actual situación de crisis sanitaria y, sobre todo; en el que podrían tener en esa aparente larga transición hacia la normalidad que nos espera.

De la importancia histórica de los ayuntamientos como entidades administrativas y su carácter imprescindible en la organización política de todo estado da buena cuenta el hecho de que las mismas existiesen incluso en la más certera y extrema experiencia centralizadora de nuestra historia reciente: la dictadura franquista.

Unos entes, los citados, cuya razón de ser no es otra que su cercanía a la población. Es por ello que, tanto en los estados unitarios, como en los federales; un último escalafón de la Administración pública -o, según se mire; el primero de ellos;  se evidencia como imprescindible para poder implementar e instrumentalizar las políticas públicas diseñadas por las Administraciones superiores. 

Ninguna otra Administración tiene la virtualidad de conocer, y poder llegar mejor a los ciudadanos de su respectivo territorio que los ayuntamientos y, por ende, de poder ofrecer las respuestas adecuadas a las concretas necesidades que en cada momento éstos manifiesten. Eficacia y eficiencia en la gestión de los recursos públicos se convierten pues, en las banderas de estos entes locales que, en un momento en que precisamente aquellos recursos escasean, los convierten en una herramienta que el sistema no se debiera permitir el gusto de infrautilizar.

Sobre el papel de estas Administraciones en la contención del virus COVID-19, entendemos que ningún otro escenario diferente al propio territorio municipal podría haber ofrecido mejor respuesta a las necesidades de recuento de defunciones u ofrecido mejores criterios para llevar a cabo el aislamiento social. El evitar la circulación de población (con la debidas excepciones relativas a la prestación de servicios esenciales) entre unos y otros ayuntamientos ayudaría a que a día de hoy hubiese muchos ayuntamientos totalmente libres de la pandemia donde la vuelta a la normalidad pudiese ser una realidad en un período mucho menor de tiempo, logrando así un menor efecto perverso en la economía.

Pero las potencialidades de estas administraciones públicas se disparan, en todo caso, en el escenario post- confinamiento:

Los centros de atención primaria de los ayuntamientos podrían convertirse en auténticos entes vigilantes de la salud de los ciudadanos a fin de implementar una atención lo más rápida posible ante posibles nuevos casos de la enfermedad. 

Los propios límites territoriales municipales, o incluso en ayuntamientos de gran población, los límites de entidades inframunicipales; podrían convertirse en los ámbitos territoriales en los que implementar medidas temporales de confinamiento ante el resurgimiento de casos puntuales de la enfermedad.

Siguiendo la misma lógica, los propios límites municipales podrían convertirse, entendemos, en la referencia perfecta para la adopción de lo se ha venido en llamar, la adopción de las medidas graduales de desescalada en cada Comunidad Autónoma; haciendo así realidad la intención apuntada hace escasos días desde el ejecutivo central de que esa desescalada pueda acordarse con las diferentes Comunidades Autónomas, llegando a ser diferente, no sólo en cada una de ellas, sino incluso, en las diferentes regiones de cada Comunidad. 

En esta línea, muchos ayuntamientos apuntan ya recomendaciones de comportamiento de sus vecinos a los efectos de que la adopción de medidas como las primeras salidas de los menores, las salidas a hacer deporte o reapertura de los bares, puedan realizarse de forma, efectivamente segura y siguiendo, en la mayor medida posible; las recomendaciones al respecto de sanidad y las exigencia del legislador estatal.

La diferencia entre los Ayuntamientos rurales y los urbanos, a los que se asocia un riesgo potencial muy superior, podría y debería, entendemos, jugar -desde este punto de vista-; un papel muy importante.

Cabría además, desde las propias Corporaciones municipales, la implementación y gestión de un sistema de control de accesos de personas durante los períodos estivales a segundas residencias. 

Aún sin conocer a día de hoy las concretar medidas que serán adoptadas a este respeto de cara a los próximos meses, en fácil adivinar que, de una manera u otra, el derecho a la libertad de circulación entre Comunidades Autónomas o incluso provincias,  será limitado o condicionado a fin de evitar posibles rebrotes que puedan afectar, de nuevo, a todo el territorio nacional.

En ese caso, aún en el escenario menos restrictivo, es probable que se intente llevar un control de las personas que viajan de una Comunidad a otra donde tienen su segunda residencia a fin de: por una parte, evitar los viajes por todo el territorio nacional de forma indiscriminada y por motivos diferentes a los profesionales o sanitarios estrictamente necesarios; y por otra; poder llevar un control de los habitantes que, en época estival y forma temporal, reúnen ciertos ayuntamientos destinos turísticos en los que podrían producirse aglomeraciones de población.

En un intento por evitar ambas situaciones cabría, como decimos, la gestión de un sistema de control por parte de los propios Ayuntamientos mediante el uso coordinados de los datos de los padrones municipales, los padrones fiscales del IBI y los datos de las oficinas de turismo de cada uno.

Por otra parte, en el supuesto de que el acceso a la playas sea una actividad permitida durante la época estival, no cabe duda de que será un acceso en el que han  de garantizarse adecuada medidas de seguridad y, con ello, ante todo; con un aforo máximo permitido. Serían los propios ayuntamientos los que, entendemos, mejor podrían gestionar este control de accesos empleado instrumentos como el relativamente reciente sistema de acceso a la Playa de las Catedrales implementado desde el Ayuntamiento de Ribadeo, en la provincia de Lugo; para garantizar la conservación de la zona y la seguridad de sus visitantes.

Así mismo, el ejercicio de las competencias municipales en el ámbito del transporte público, la concesión de licencias de taxi, así como las  licencias de obra y actividad, se antoja, a nuestro modo de ver, un vehículo perfecto para el control e implementación de las medidas que el legislador competente llegue a acordar en relación con la seguridad pública en los desplazamientos o la reanudación de actividades económicas tales como las comerciales o las de restauración.

De hecho, la efectiva limitación y control de aforos en los bares, establecimientos hoteleros y comerciales, y el control de que, en el seno de los mismos, se adoptan los mecanismos de seguridad e higiene que, en su caso, se impongan, no entendemos que resulte posible sin la concurrencia de la actuación municipal a través de la concesión de las licencias de actividad  y la subsiguiente actuación inspectora así como la aprobación o modificación de las correspondientes ordenanzas reguladoras de las diferentes actividades así como de uso de espacios público mediante la colocación de terrazas; las cuales, sin duda; se verán afectadas por la actuación legislativa que vaya recayendo al respecto.

De la misma manera, la implementación de medidas de seguridad en servicios tales como el transporte público, las guarderías públicas o los campamentos públicos juveniles; que si bien en buena parte de los casos se vienen prestando en régimen de gestión indirecta a través de empresas concesionarias, son de titularidad municipal; requiere, necesariamente, de la correspondiente actuación municipal.

Por último, no podemos olvidar las actuaciones que, desde el punto de vista social, y en ejercicio de la competencia que, como propia, y en materia de “evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social”, el art. 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; Reguladora de las Bases del Régimen Local; atribuye a los ayuntamientos; podrán adoptar los ayuntamientos.

En efecto, al amparo de esta atribución competencial cabría, no solo la puesta en marcha por el propio ente municipal, de medidas de carácter social de atención inmediata a las personas que, a raíz de la actual situación de emergencia, queden en situación de riesgo o exclusión social; sino también la coordinación con las Administraciones Públicas de ámbito superior de cara al diseño y la puesta en funcionamiento, de otras medidas de carácter social dirigidas a la  articulación de toda una serie de medidas de carácter social dirigidas a su población.

La anterior constituye únicamente una lista abierta de las potencialidades, examinadas a muy grosso modo, que los ayuntamientos podrían asumir en el escenario que tendremos que asumir en el medio plazo.

No obstante, la potencialidad de los ayuntamientos como unidad territorial sobre la que articular la denominada “desescalada” parece haber sido descartado en el Plan aprobado a tales efectos en el reciente Consejo de Ministros de 28 de abril. Resta por conocer el papel que se otorgará a estos entes locales en las concretas medidas que será necesario implementar para articular cada una de las fases de esa desescalada y en la nueva realidad hacia la que caminamos.

En efecto, conocido el Plan de desescalada probado en Consejo de Ministros el este 28 de abril, parece que éste se ha inclinado por desdeñar el papel municipal, al menos en lo que respecta a la determinación de la unidad territorial alrededor de la que se articulará la desescalada; para poner en el centro del foco, a la provincia. Un planteamiento éste acorde con la permanente y firme intención del ejecutivo central de liderar y controlar el proceso.

El descender a los límites territoriales municipales a los efectos indicados, considerando aspectos de éstos tales como: el nº real de contagios verificados en los mismos, su nivel poblacional o su carácter rural o urbano, contando con el importante papel mediador y de coordinación con el ejecutivo central que podría haberse atribuido a las Comunidades Autónomas, parece haber quedado -por tanto-, descartado.

Un planteamiento que -entendemos- no dejará de estar exento de voces críticas en el ámbito de aquellas provincias en las que existe un alto grado de divergencia entre unas zonas y otras, y que cuentan -por lo tanto-, unas cifras globales de contagios o fallecimientos que no guardan paralelismo con esas mismas cifras examinadas en los distintos ayuntamientos que las componen examinados individualmente. 

Pensamos por ejemplo; en la provincia de Pontevedra, en Galicia; con un buen número de ayuntamientos rurales en los que se han contabilizado escasos casos de contagios; y una importante área urbana; Vigo;  donde, en cambio, por la propia dinámica poblacional; el número de contagios ha sido muy superior al de los demás ayuntamientos de la provincia.

No hablemos ya de las Comunidades Autónomas unipersonales, con multitud de municipios cuya situación frente a la pandemia, tanto en lo que respecta al número de contagios soportado como al riesgo de un posible rebrote; es completamente diferente. Madrid, Asturias o Cantabria son buenos ejemplos de las ventajas que la articulación del plan de desescalada alrededor de los límites territoriales municipales o tomando siquiera en consideración entidades supramunicipales tales como las áreas metropolitanas; podrían haber aportado a la los efectos de una rápida reactivación económica en muchas áreas estatales.

En efecto, el considerar las cifras que con carácter general se desprenden de toda una provincia impide acelerar el desconfinamiento en una multitud de ayuntamientos, en su mayoría de menor población y carácter más rural; en los que el riesgo de contagio es prácticamente nulo -con las consiguientes consecuencias económicas que de ello se derivan para toda la región.  

No obstante, obviamente, el Plan de desescalada que acabamos de conocer requerirá, para la implementación y puesta en funcionamiento de sus distintas fases, de mayor concreción y desarrollo normativo. Numerosas medidas han de ser puestas en marcha para la efectividad de la desescalada que se plantea y otras muchas también, en ese escenario de “nueva normalidad” al que se alude continuamente. 

El papel que los entes locales municipales pueden asumir en este escenario queda, todavía, por concretar pero será, sin duda, de particular transcendencia. Además, el propio Presidente del Gobierno, en la rueda de prensa que ofrecía para dar a conocer del Plan de desescalada adelantaba la posibilidad de que se lleguen a tomar medidas en territorios no coincidentes con las provincias si así lo motivan las comunidades autónomas; lo que deja la puerta abierta al incremento del papel de los ayuntamientos y otras entidades supramunipales en el escenario hacia el que caminamos.
 

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