La enseñanza diferenciada por sexo no es discriminatoria 25 de mayo de 2017 Jurisprudencia LOMCE Así la afirma el Tribunal Supremo confirmando la anulación de una orden de la Junta de Andalucía que denegó el concierto a un colegio con enseñanzas diferenciada por sexo. La Sala Tercera señala que la ley establece que esa circunstancia no constituye discriminación, y no es un supuesto de exclusión del régimen de conciertos educativos.