Enaltecimiento del terrorismo

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El Supremo confirma la absolución del tuitero acusado de enaltecimiento al terrorismo

El Tribunal Supremo respalda la sentencia dictada por la Audiencia Provincial por la que exculpaba al internauta de delito de enaltecimiento al terrorismo por unos tuits publicados ente 2011 y 2015 al no considerar que a raíz de su conducta “se haya generado ni sean potencialmente aptos para que incremente mínimamente el peligro de comisión de delitos terroristas”.

Según el TS retuitear mensajes de enaltecimiento del terrorismo también puede ser delito

16 de noviembre de 2017 Jurisprudencia DELITO DE ODIO

La Sala de lo Penal confirma la condena de 1 año y medio de cárcel que la Audiencia Nacional impuso a un hombre por publicar en Twitter, entre 2014 y 2015, un vídeo compuesto por diferentes imágenes sobre ETA y sus integrantes. El condenado recurrió al Supremo alegando que las imágenes y vídeos reproducidos en su cuenta de Twitter no eran expresión de un mensaje, razonamiento o argumentación propios, sino que existían previamente en los medios.

El TS rebaja la condena al autor de unos tuits de enaltecimiento terrorista por su trastorno paranoide

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo aplica la atenuante analógica de trastorno psíquico lo que rebaja la pena de 1 año a 9 meses de prisión, márgenes que permiten, recuerda la Sala, el beneficio de suspensión de condena. Según el dictamen pericial el trastorno que sufre el condenado no alteró, al tiempo de la publicación de los tuits, el contenido de su pensamiento.

La libertad de expresión no ampara ni el discurso del odio, que justifica las acciones terroristas, ni la humillación de las víctimas

14 de julio de 2016 Jurisprudencia Delitos de odio

El castigo de enaltecimiento del terrorismo, que persigue la interdicción de lo que se ha denominado “discurso del odio” o alabanza o justificación de acciones terroristas, no trata de criminalizar opiniones discrepantes “sino de combatir actuaciones dirigidas a la promoción pública de quienes ocasionan un grave quebranto en el régimen de libertades y daño en la paz de la comunidad con sus actos criminales, atentando contra el sistema democrático establecido”.

El Supremo rebaja de 12 a 3 años de cárcel la condena a De Juana Chaos

13 de febrero de 2007 Noticias CASO DE CHAOS

El Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha rebajado de 12 años y 7 meses a 3 años de cárcel la condena al preso etarra Iñaki de Juana Chaos por un delito de amenazas, del artículo 170.1 del Código Penal, en concurso ideal con otro de enaltecimiento del terrorismo por los dos artículos publicados en el diario "Gara" en diciembre de 2004 contra el presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, y cinco directores de prisiones.

El TC confirma que la Audiencia Nacional debe juzgar a Otegi por enaltecimiento del terrorismo

04 de enero de 2007 Noticias PROCESO A OTEGUI

El Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad no admitir un recurso del dirigente abertzle Arnaldo Otegi contra un auto del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el que éste declaró no ser competente para juzgarle por un delito de enaltecimiento terrorista en un homenaje a una etarra fallecida y remitió el caso a la Audiencia Nacional.

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