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Las medidas económicas para responder al COVID-19: análisis del Real Decreto-ley 7/2020

16 de marzo de 2020 Noticias ANÁLISIS DE NORMATIVA

La norma con rango de ley establece medidas de refuerzo del sistema sanitario, de protección de las familias y de apoyo a las empresas afectadas por la crisis del coronavirus, en particular a las del sector turístico y a las PYMEs. Prevé asimismo la posibilidad de que las reuniones del Consejo de Ministros, las Comisiones Delegadas del Gobierno y otros órganos se celebren a partir de ahora a distancia, por medios electrónicos.

Esencia y fundamento del Derecho Concursal actual

21 de febrero de 2020 Artículos doctrinales

El objeto de este artículo es una búsqueda de la configuración del derecho concursal, determinar su origen para poder entender sus líneas fundamentales. Concretamente perfilar la legislación concursal como un conglomerado de excepciones al principio de responsabilidad patrimonial universal; excepciones fundadas no sólo en una adecuada protección de los derechos de los acreedores sino también en los intereses del deudor

El TS reconoce a una mujer el derecho a pensión en favor de familiares por la muerte de su madre, pensionista del antiguo SOVI

18 de febrero de 2020 Jurisprudencia PERSPECTIVA DE GÉNERO

Se trata de pensiones otorgadas a quienes no alcanzan cotizaciones suficientes con posterioridad a 1967, cuya cuantía para 2020 es de 437,70 euros mensuales. Partiendo de la abrumadora feminización de las pensiones de vejez del SOVI, rechaza que pueda efectuarse una aplicación literal de la norma cuando la misma puede tener un evidente impacto negativo sobre un colectivo (discriminación indirecta).

El TS rechaza aplicar el subtipo agravado de multirreincidencia en los delitos leves de estafa por resultar desproporcionado

07 de febrero de 2020 Jurisprudencia ESTAFA

El tribunal señala que la aplicación de la nueva figura agravada para las estafas leves produce una distorsión del sistema, “porque solo así puede entenderse el que la mera existencia de tres antecedentes previos, que ya en su día acarrearon la correspondiente pena, equipare una estafa de menos de 400 euros, con otra en la que no se aprecie multirreincidencia, pero que puede llegar a alcanzar un cuarto de millón de euros”.