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El Código Civil de Cataluña elimina restricciones en materia testamentaria de las personas con discapacidad sensorial

28 de octubre de 2019 Noticias SUCESIÓN HEREDITARIA

Conforme a la Ley 6/2019, de 23 de octubre, que modifica el libro cuarto del Código civil de Cataluña, será el notario quien en cada caso valore la capacidad de comprensión del otorgante. El hecho de que éste tenga una discapacidad sensorial no se considerará circunstancia especial que requiera la intervención de testigos. Además las personas con discapacidad sensorial podrán ser testigos del testamento de otros. En el otorgamiento de documentos notariales de naturaleza sucesoria deberá poder utilizarse el braille, la lengua de signos, la lectura labial u otros medios lingüísticos o técnicos que permitan suplir la discapacidad.

Justicia aclara el régimen transitorio del trámite de información al ciudadano sobre las hipotecas previsto en la Ley de Crédito Inmobiliario

El Ministerio de Justicia, a través del director general de los Registros y del Notariado, Pedro Garrido Chamorro, ha emitido dos instrucciones que clarifican el régimen transitorio para el trámite de información que deben cumplimentar los notarios con los clientes de las entidades de crédito antes de que estos formalicen sus contratos de préstamo. Ambas Instrucciones han sido publicadas hoy, 15 de junio, en el BOE.

Posible moratoria para la remisión telemática de la documentación de los préstamos hipotecarios

14 de junio de 2019 Noticias PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS

Respondería a la necesidad de ampliar el plazo de conexión, ya que los prestamistas han tenido poco tiempo para adecuarse, dado que las especificaciones requeridas al efecto se establecieron a finales del mes de abril. La plataforma notarial de función pública creada para que el notario cumpla las funciones de verificación y control que le atribuye la Ley está plenamente operativa y funciona sin que haya existido una sola incidencia.  

«Especial Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario»

Analiza las novedades de la norma pero también sus puntos oscuros o problemáticos, poniendo al lector en alerta de los posibles problemas a los que puede tener que enfrentarse. En esta tarea es fundamental la aportación de los autores, figuras de primer nivel reconocidos por la comunidad jurídica y habituales conferenciantes y ponentes en la materia. Junto al análisis experto, dos elementos prácticos: un cuadro con las 15 claves de la nueva regulación y una tabla comparativa de las normas que se ven afectadas con su publicación. Además se incluye el texto de la norma.

Una persona con discapacidad que necesita la intervención de un curador para realizar actos de disposición, sí puede otorgar testamento

El Tribunal Supremo recuerda que la finalidad de las normas que regulan la capacidad para otorgar testamento es garantizar la suficiencia mental del testador respecto del propio acto de testar y considera que, con independencia de cuál sea la causa de la discapacidad que da lugar a la modificación de la capacidad de obrar, el régimen del artículo 665 del Código Civil (designación por el notario de dos facultativos que respondan de la concreta capacidad para testar) ofrece un cauce para que la persona con la capacidad modificada judicialmente pueda ejercer la facultad de testar.