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Presentado un Código de Conducta sobre protección de datos personales de empresas de servicios en la nube

28 de septiembre de 2016 Noticias Protección de datos

En virtud del mismo, las empresas se comprometen a no recoger ni extraer datos o hacer perfiles de los datos de sus clientes --vendedores de Software, integradores de sistemas, industrias de manufactura y servicios como aplicaciones o redes sociales, Administraciones y ONGs-- para comercializarlos, publicidad o actividades de marketing o similares en beneficio propio ni revenderlos a terceros.

Derechos Humanos (II): Su codificación, cooperación técnica, difusión y protección convencional

La responsabilidad de la codificación del DI general corresponde a la AG de acuerdo al art.13 de la Carta, motivo por el cual en 1947 creó la CDI y aprobó su estatuto como órgano subsidiario; pero en el ámbito del DIDH su codificación y desarrollo tiene perfiles propios tanto en la técnica de codificación como en los órganos sobre ella competentes, destacando además la participación de los individuos y ONGs.

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