Orden

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Madrid, cerrado por la pandemia. Te contamos todas las novedades de la Orden 1273/2020, de 1 de octubre

03 de octubre de 2020 Noticias RESTRICCIONES COVID

A punto de cumplirse el plazo de 48 horas que el Ministerio de Sanidad dio para hacer efectivas las medidas frente al Covid-19 aprobadas por el Consejo Interterritorial de Salud, la Comunidad de Madrid publica la Orden 1273/2020, de 1 de octubre, que decreta el cierre de la capital y de nueve grandes municipios más de la región durante 14 días, desde las 22:00 horas del viernes 2 de octubre.  

Los juicios y declaraciones serán preferentemente telemáticos hasta junio de 2021

21 de septiembre de 2020 Noticias JUICIOS TELEMÁTICOS

La Ley 3/2020, de 18 de septiembre, establece la tramitación preferente de determinados procedimientos en el orden social, civil y contencioso-administrativo directamente relacionados con la crisis sanitaria del COVID-19 y regula medidas en el ámbito concursal y societario orientadas a mantener la continuidad económica de las empresas, profesionales y autónomos y a incentivar su financiación. También dispone medidas de carácter organizativo y tecnológico frente a las consecuencias de la crisis sobre la Administración de Justicia, que serán aplicables hasta el 20 de junio de 2021  

El TSJ de Aragón ordena la suspensión del límite de 50 personas en las reuniones dictada por Sanidad por el perjuicio que causa a las bodas ya programadas

17 de septiembre de 2020 Jurisprudencia CORONAVIRUS

El artículo está referido a la distancia de seguridad y uso obligatorio de mascarilla y en el que se expresa que “las reuniones sociales no podrán superar el número de cincuenta personas, cuando tengan lugar en espacio o local cerrado, ni el de cien personas, cuando se produzcan al aire libre”

Nuevo Reglamento de protección del paisaje de Galicia

El nuevo reglamento tiene por objeto el desarrollo del reconocimiento jurídico, la protección, la gestión y la ordenación del paisaje en Galicia, en aplicación de la citada ley, a fin de preservar y ordenar todos los elementos que la configuran en el marco de la sostenibilidad. Es aplicable a las áreas naturales, rurales, urbanas y periurbanas, así como a aquellas otras áreas de elevado valor ambiental y cultural, e incluso a los paisajes degradados. Asimismo, comprende las zonas terrestres, marítimo-terrestres y las aguas interiores.